viernes, 26 de mayo de 2017

alhama granada compra


COMPRA DE LAS CASAS Y SOLARES
PARA
CONSTRUCCIÓN CONVENTO DEL CARMEN
ALHAMA GRANADA 
AÑO 1571



       En 1571, la Orden de Nuestra Señora del Carmen de Granada, por 300 ducados de oro, compra las casas y solares para la construcción del Monasterio y Convento del Carmen en Alhama de Granada.


 “Venta de unas casas para edificar un monasterio.
         En la muy noble ciudad de Alhama, en dos días del mes de diciembre año del nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mil quinientos y setenta y un año.
Ante el muy magnífico señor licenciado Francisco Collado Cabellos Alcalde Mayor de esta ciudad por el (…) Juan de Torregarnica, Corregidor de Justicia Mayor de ella por su majestad y en presencia de mí, Diego de Salvatierra, escribano público de la dicha ciudad (com)pareció el muy reverendo padre, el maestro fray Jerónimo Ferrer de la Orden de Nuestra Señora del Carmen, prior del Monasterio de Nuestra Señora de la Cabeza de la ciudad de Granada, que de la dicha Orden por sí propio como tal prior y en nombre y lugar de la dicha Orden por virtud de la comisión y poder que tiene de su paternidad el maestro fray Diego de Cárdenas, Provincial de la dicha Orden, y presentó una escritura y carta de venta firmada y signada de mí el dicho escribano y del señor, de la cual se lee esto que sigue:

         Y por cuanto esta carta de venta vieren cómo yo, el maestro Miguel Ruiz de Ariza, clérigo beneficiado y vicario que soy de la Iglesia de Santa María de esta muy noble ciudad de Alhama, vecino de ella, y cómo yo, Isabel de Ariza, religiosa, su sobrina, vecina de esta ciudad; ambos dos de mancomún y a voz de uno y cada uno de nos, por sí y por el todo, renunciando en este caso como expresamente renunciamos a las Leyes de la mancomunidad como en ellas se contiene,
Folio 1 vuelto:
otorgamos y concedemos por esta presente carta que vendemos y de presente damos por juro de heredad para ahora y para siempre jamás a la Orden del Carmen de Nuestra Señora de la Cabeza de la Diócesis de este Arzobispado de Granada y en su nombre y por la dicha Orden al muy reverendo padre fray Jerónimo Ferrer, prior que es de presente del Monasterio y Convento de Nuestra Señora de la Cabeza de la ciudad de Granada que es de la Orden de Nuestra Señora del Carmen que al presente es, a saber, unas casa con su sitio y corrales (…) que nosotros tenemos por bienes nuestros que son en esta ciudad de Alhama arrabal de La Puerta de Málaga de ella al camino que va a Júrtiga que lindan por una parte con la plazuela del mesón de Melchor Martín y por lo bajo con el arroyo que viene de las viñas del pago del Tejar y por la otra parte con la calle y delante de las dichas casas está el dicho camino de Júrtiga que queda por calle Real. Las cuales dichas casas, con el demás sitio y corral que tienen cercado, todo como de presente lo cota y con la madera y piedra labrada y por labrar que a las dichas casas les pertenecen fuera y dentro del dicho solar para que en ello pueda más labrarse, las vendemos a la dicha Orden de Nuestra Señora del Carmen y, en su nombre  y por ella, al dicho señor prior fray Jerónimo Ferrer como bienes propios nuestros para que en las dichas casas y solar de ellas la dicha Orden pueda edificar y hacer el monasterio de Nuestra Señora de la Cabeza.
Folio 2 recto:
         
        Porque para este efecto ha sido esta (…) y venta por el dicho señor prior de la Orden del Monasterio de Granada con poder y facultad de su paternidad del padre maestro fray Diego de Cárdenas, provincial de la dicha Orden; han querido y quieren fundar en esta ciudad de Alhama el dicho  monasterio para cuyo efecto como por ello se las hemos vendido y vendemos, vendida buena real y verdadera con sus entradas y salidas, derechos y servidumbres (…) y de derecho les pertenecen, libres de censo, deuda ni tributo alguno, ni otra contradicción ni mala voz que no lo tienen por precio y cuantía de trescientos y cincuenta ducados de oro que montan y suman de la moneda usual y ciento treinta  y un mil y doscientos y cuarenta maravedís que por compra de la dichas casas con su solar, madera y piedra labrada y por labrar nos da y paga la dicha Orden y el dicho prior fray Jerónimo Ferrer por ella y en su nombre porque por virtud del poder y comisión de su paternidad del dicho maestro fray Diego de Cárdenas, provincial de la dicha Orden el dicho señor prior nos otorga y hace obligación en forma ante el escribano presente de los dichos trescientos y cincuenta ducados para nos los da y paga en este tiempo y plazos como por ella parece en cabeza de la cual queda originalmente el poder del dicho provincial que para lo susodicho le tiene otorgado con que estamos y somos contentos a toda nuestra voluntad para hacer y otorgar carta de venta real de las dichas casas como lo hacemos sobre  que..."


 

lunes, 22 de mayo de 2017

Stefan Zweig El mundo de Ayer desconfianza

DESCONFIANZA
       Los pueblos, con el tiempo, aprenden y un rasgo de sabiduría es la duda, la desconfianza hacia sus autoridades.


          "La respuesta es simple: porque nuestro mundo de 1939 ya no disponía de tanta credulidad ingenua e infantil como el de 1914. Por aquel entonces la gente aún confiaba a pies juntillas en sus autoridades; en Austria nadie hubiese osado pensar que el veneradísimo padre de la patria, el emperador Francisco José, a sus ochenta y cuatro años pudiera haber llamado a su pueblo a la guerra sin haberse visto obligado a ello por una fuerza mayor (...) 

      En el fondo, en 1939 no se tenía respeto por ningún hombre de Estado y nadie les confiaba de buena fe su destino. El más insignificante barrendero francés se mofaba de Daladier; en Inglaterra, desde Munich (peace for our time!), se había esfumado la confianza en la visión de futuro de Camberlain; en Italia y Alemania, las masas dirigían sus miradas angustiadas hacia Mussolini y Hitler: ¿a dónde nos conducirían ahora? (...)

         Iban al frente, pero ya no soñaban con ser héroes; los pueblos y los individuos habían  empezado a darse cuenta de que sólo eran victimas de la estupidez humana o política o de una fuerza del destino malévola e incomprensible"



sábado, 20 de mayo de 2017

lecturas evangelio SEXTO DOMINGO DE PASCUA 21 mayo 2017

LUZ DEL DOMINGO
SEXTO DOMINGO DE PASCUA
CICLO "A"
Primera lectura: Hechos de los apóstoles 8, 5-8. 14-17
Salmo responsorial: Salmo 65
Segunda lectura: 1 Pedro 3, 15-18
EVANGELIO: Juan 14, 15-21
“ 15Si me amáis, cumpliréis los mandamientos míos; 16yo, a mi vez, le rogaré al Padre y os dará otro valedor que esté siempre con vosotros, 17el Espíritu de la verdad, el que el mundo no puede recibir porque no lo percibe ni lo reconoce. Vosotros lo reconocéis, porque vive con vos­otros y además estará con vosotros.
18No os voy a dejar desamparados, volveré con vos­otros. 19Dentro de poco, el mundo dejará de verme; vos­otros, en cambio, me veréis, porque de la vida que yo tengo viviréis también vosotros. 20Aquel día experimenta­réis que yo estoy identificado con mi Padre, vosotros conmigo y yo con vosotros.
21El que ha hecho suyos mis mandamientos y los cum­ple, ése es el que me ama; y al que me ama mi Padre le demostrará su amor y yo también se lo demostraré mani­festándole mi persona.”
COMENTARIOS
I
 ¿UNA ÉTICA CRISTIANA?
¿Existe una ética cristiana? ¿Existen unas normas de com­portamiento que se puedan considerar propiamente cristianas?
¿qué es «lo propio» del comportamiento cristiano?

«SI ME AMÁIS. . . »
Además de los buenos sentimientos que de forma natural pueda tener una persona, en el origen del comportamiento cris­tiano hay un hecho fundamental: la relación del creyente con Jesús de Nazaret. Una relación que es, primero, de adhesión a su persona y a su proyecto de hombre y de humanidad; y en segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior, una rela­ción de amor que conduce a la plena identificación entre Jesús y el creyente.
Según esto, el comportamiento del creyente en Jesús no se rige por unas normas impuestas o por unos principios aceptados sin rechistar, ni de una ley que se le impone desde fuera, sino, muy al contrario, su actuación nace del amor, sus normas de comportamiento se las da él mismo, le salen de dentro como consecuencia de su identificación personal con Jesús: «El que ha hecho suyos mis mandamientos y los cumple, ése es el que me ama». 
«... CUMPLIRÉIS LOS MANDAMIENTOS MÍOS»
Pero ¿cuáles son esos mandamientos?
En el capítulo anterior de su evangelio, Juan nos deja el testimonio del único mandamiento que Jesús ha dejado a los suyos, un mandamiento nuevo que, por serlo, sustituye a los mandamientos viejos: «Os doy un mandamiento nuevo: que os améis unos a otros; igual que yo os he amado, también vos­otros amaos unos a otros. En esto conocerán que sois discí­pulos míos: en que os tenéis amor entre vosotros» (13,34). Jesús, que acababa de aceptar su muerte como culminación de su entrega en favor de los hombres sus hermanos y que de esa manera llevaba su amor hasta el extremo, se pone como ejem­plo y medida del amor entre sus discípulos. Y hace de ese amor el signo mediante el cual se podrá reconocer en adelante a sus seguidores. Poner en práctica en cada caso y en cada cir­cunstancia este único mandamiento, en eso consisten los man­damientos de Jesús.
En realidad, el mandamiento nuevo no es sino el encargo de Jesús a sus seguidores para que continúen su misión. En efecto, antes de hablar del mandamiento nuevo, Jesús, en el evangelio de Juan, había hablado dos veces de la misión que él tenía que desarrollar diciendo que era un mandamiento, un encargo de su Padre. La primera vez se refiere a lo que tenía que hacer: «Por eso el Padre me demuestra su amor, porque yo entrego mi vida y así la recobro. Nadie me la quita, yo la entrego por decisión propia. Está en mi mano entregarla y está en mi mano recobrarla. Este es el mandamiento que recibí de mi Padre» (Jn 10,17-18). Entregar la vida voluntariamente, éste es el mandamiento que Jesús ha recibido de su Padre. La segunda vez se refiere a lo que Jesús tiene que decir, al men­saje que tiene que comunicar: «Porque yo no he propuesto lo que se me ha ocurrido, sino que el Padre que me envió me dejó mandado él mismo lo que tenía que decir y que proponer, y sé que su mandamiento significa vida definitiva» (Jn 12, 49-50). El mandamiento del Padre consiste en que comunique un mensaje que es al mismo tiempo una oferta de vida, que si la aceptamos, nos hace hijos y nos compromete a trabajar para convertir este mundo en un mundo de hermanos.
A la luz de estos mandamientos que cumple Jesús debe­mos entender el mandamiento que él nos deja.

UN COMPORTAMIENTO CRISTIANO
La moral, la ética cris­tiana se distingue porque nace de un amor hasta el extremo y tiene como meta practicar un amor de la misma calidad. En todo tipo de relación interpersonal, ésta es la característica que debe distinguir el comportamiento de los cristianos. (De este modo, el matrimonio cristiano, siguiendo con el ejemplo, no se distingue de un matrimonio no cristiano en su indisolu­bilidad, sino en que marido y mujer se quieren tanto que están dispuestos a dar la vida el uno por el otro y, en ese amor, sien­ten la presencia del amor sin límites del mismo Jesús. Y en que ese amor no se encierra ni siquiera en los límites del ma­trimonio mismo, ni en los de la familia, ni dentro de ningún otro límite, sino que se extiende y se comunica a cuantos pue­da alcanzar. De esa manera, la pareja se convierte en una uni­dad de lucha en favor de un mundo de hermanos en el que sea posible la felicidad de todos los seres humanos. La indisolubi­lidad vendrá por añadidura.)

¿SEREMOS CAPACES?
Si quisiéramos hacer un esfuerzo de síntesis de la ética cristiana podríamos proponer esta fórmula: Todo lo que se opone, estorba o ignora cualquier tipo de amor es moralmente malo. Todo lo que es amor es moralmente bueno; todo lo que es amor hasta el extremo y, por tanto, compromiso de realizar el proyecto de un mundo de hermanos, es específicamente cristiano.
Comportarse de esa manera es, sin duda, un proyecto difí­cil. Pero Jesús no nos deja solos: antes de marcharse promete el envío de alguien que nos sirva de apoyo: «Yo, a mi vez, le rogaré al Padre y os dará otro valedor que esté siempre con vosotros, el Espíritu de la verdad...»; y anuncia su próxima vuelta («No os voy a dejar desamparados, volveré con vosotros») a un mundo que lo ha rechazado, que no lo reconoce, pero en el que ha quedado un grupo de personas que, median­te la práctica del amor, están identificados con él y se han comprometido a hacer posible que en el mundo sea verdade­ramente posible el amor.
¿Seremos capaces?


II
 15-17 «Si me amáis, cumpliréis los mandamientos míos; yo, por mi parte, le rogaré al Padre y os dará otro valedor que esté siempre con vosotros, el Espíritu de la verdad, el que el mundo no puede recibir porque no lo percibe ni lo reconoce. Vosotros lo reconocéis, porque vive con vos­otros y además estará con vosotros».
Por primera vez menciona Jesús el amor de sus discípulos a él: la adhesión a su persona y obra se convierte en un impulso de identificación con él. Después de haber expuesto el mandamiento nuevo (13,34), habla Jesús  de “sus mandamientos”: El primero expresaba la actitud del discípulo y creaba la solidaridad del amor. “Los mandamientos suyos”, cuyo contenido nunca se explicita, son las exigencias de actuación que las circunstancias presentan al amor de los discípulos. En “el manda­miento” habla Dios en el interior del discípulo; en “los mandamientos” le habla desde la realidad histórica.
Si Jesús conserva el término “mandamiento”  para designar esta realidad, es sólo para oponer su norma de vida a los mandamientos de la Ley antigua, que quedan superados. 
El amor de identificación con Jesús no absorbe al discípulo, sino que lo abre a los demás. No hay verdadero amor a Jesús que no lleve  al amor de los otros.
Por la identificación con Jesús, los mandamientos pierden todo carácter de imposición; son la exigencia del amor. Cumplirlos significa ser como Jesús, y a esto lleva espontáneamente la fuerza interior del Espíritu. No se trata de la obe­diencia de los discípulos a normas externas, sino de la expansión exte­rior de la sintonía con Jesús.
 Mientras estaba con ellos, Jesús les ha enseñado y los ha protegido. El Espíritu será “otro valedor”, toma el puesto de Jesús. La comunidad lo recibirá gracias a él.
El término “valedor”, que se aplica al Espíritu, significa  el que ayuda a la comunidad en cualquier circunstancia. Es el Espíritu de la verdadpor ser él la verdad y comuni­carla. El término “verdad” significa también “fidelidad / lealtad" (cf. 4,24) y está en conexión con el amor (1,14). El Espíritu de la verdad-amor da libertad al hombre, pues la verdad hace libres (8,31s); él continuará el proceso de liberación.
El mundo, el orden injusto, el sistema de poder, profesa “la mentira”, una ideología que propone como valor lo que es contrario al designio creador, lo que merma la vida del ser humano. El sistema es la mentira institucionalizada, que llega al homicidio, a la supresión de la vida (8,44). No puede percibir el Espíritu de la verdad ni conocerlo, pues la estructura de muerte es incompatible con el principio de vida.
Los discípulos tienen experiencia del Espí­ritu en Jesús; pero esta experiencia será mayor en el futuro, cuando lo reciban ellos mismos y esté en ellos como principio dinámico y vivificante.

18-20 «No os voy a dejar desamparados, volveré con vos­otros. Dentro de poco, el mundo dejará de verme; vos­otros, en cambio, me veréis, porque de la vida que yo tengo viviréis también vosotros. Aquel día experimenta­réis que yo estoy identificado con mi Padre, vosotros conmigo y yo con vosotros».
Jesús sigue preparando a sus discípulos para el momento de su ausencia; les da todas las seguridades para que no estén intranquilos. No los dejará huérfanos, indefensos.
Su ausencia no será definitiva; promete su vuelta dentro de poco. Después de su muerte, no se manifestará al mundo, pero sí a ellos. Al participar de su misma vida, que es su Espíritu, experimentarán su presencia.
“Aquel día” llegará cuando Jesús se haga presente, ya resucitado, a su comunidad. El efecto de la comunicación de la vida-Espíritu será la experiencia de identificación con Jesús y con el Padre. Comunión de vida entre Dios y los hombres: se constituye así un núcleo de donde irradia el amor.

21 «El que ha hecho suyos mis mandamientos y los cum­ple, ése es el que me ama; y al que me ama mi Padre le demostrará su amor y yo también se lo demostraré mani­festándole mi persona».
De su relación y la del Padre con la comunidad pasa Jesús a la que establecen con cada miembro de ella. Su comunidad no es gregaria, ni su Espíritu uniforma; cada uno es responsable de su modo de obrar.
El discípulo hace suyos los mandamientos de Jesús y los cumple. La actividad en favor del hombre (mis mandamientos) es lo único que da realidad al amor a él (cf. 14,15) y, por tanto, el único criterio para verificar su existencia. El amor a Jesús consiste, por tanto, en vivir sus mismos valores y comportarse como él. El amor verdadero no es solamente interior, sino visible: un dinamismo de transformación y de acción.
La semejanza con Jesús, efecto de ese amor, provoca una respuesta de amor de parte del Padre, que ve realizada en el hombre la imagen de su Hijo. La respuesta de Jesús se traducirá en una manifestación personal suya. El Padre y Jesús, que son uno, responden al unísono. El Padre considera hijo al que ama como Jesús; Jesús lo ve como hermano. Jesús menciona solamente su propia manifestación, porque él seguirá siendo el santuario donde Dios habita (2,21); en él se revela el Padre (14,9).






III
 La 1ª lectura, tomada del libro de los Hechos, nos presenta a Felipe predicando a los samaritanos en su capital. Es una noticia inusitada si tenemos en cuenta la enemistad tradicional entre judíos y samaritanos, tan presente en los evangelios, en pasajes como la parábola del buen samaritano (Lc 10,29-37), o la conversación de Jesús con la samaritana (Jn 4,1-42) o en otros pasajes más breves (Mt 10,5; Lc 9,51-56; 17,16; Jn 8,48). Los judíos consideraban a los samaritanos como herejes y extranjeros (Cfr. 2Re 17,24-41) pues, aunque adoraban al único Dios y vivían de acuerdo con su ley, no querían rendir culto en Jerusalén, ni aceptaban ninguna revelación ni otras normas que las contenidas en el Pentateuco. Los samaritanos pagaban a los judíos con la misma moneda pues los habían hostigado en los períodos de su poderío y habían llegado a destruir su templo en el monte Garizim. Por todo esto nos parece sorprendente encontrar a Felipe predicando entre ellos, en su propia capital, y con tanto éxito como testimonia el pasaje que hemos leído, hasta concluir con un hermoso final: que su ciudad, la de los samaritanos, "se llenó de alegría".
Esta obra evangelizadora que rompe fronteras nacionales, que supera odios y rivalidades ancestrales, provocando en cambio la unidad y la concordia de los creyentes, es obra del Espíritu Santo, como comprueban los apóstoles Pedro y Juan, que con su presencia en Samaria confirman la labor de Felipe. Se trata de una especie de Pentecostés, de venida del Espíritu Santo sobre estos nuevos cristianos procedentes de un grupo tan despreciado por los judíos. Para el Espíritu divino, no hay barreras ni fronteras. Es Espíritu de unidad y de paz.
La 2ª lectura sigue siendo, como en los domingos anteriores, un pasaje de la 1ª carta de Pedro. Escuchamos una exhortación que con frecuencia se nos repite y recuerda: que los cristianos debemos estar dispuestos a dar razón de nuestra esperanza a todo el que nos la pida. ¿Por qué creemos, por qué esperamos, por qué nos empeñamos en confiar en la bondad de Dios en medio de los sufrimientos de la existencia, las injusticias y opresiones de la historia? Porque hemos experimentado el amor del Padre, y porque Jesucristo ha padecido por nosotros y por todos, para darnos la posibilidad de llegar a la plenitud de nuestra existencia en Dios. Por esta misma razón el apóstol nos exhorta a mostrarnos pacientes en los sufrimientos, contemplando al que es modelo perfecto para nosotros, a Jesucristo, el justo, el inocente, que en medio del suplicio oraba por sus verdugos y los perdonaba. La breve lectura termina con la mención del Espíritu Santo por cuyo poder Jesucristo fue resucitado de entre los muertos.
A quince días de que termine la cincuentena pascual, la Iglesia comienza a prepararnos para la gran celebración que la concluirá: la de Pentecostés, la venida del Espíritu Santo sobre los apóstoles. La manifestación pública de la Iglesia. Podríamos decir que su inauguración. En la lectura del evangelio de san Juan, tomada de los discursos de despedida de Jesús que encontramos en los capítulos 13 a 17 de su evangelio, el Señor promete a sus discípulos el envío de un "Paráclito", un defensor o consolador, que no es otro que el Espíritu mismo de Dios, su fuerza y su energía, Espíritu de verdad porque procede de Dios que es la verdad en plenitud, no un concepto, ni una fórmula, sino el mismo Ser Divino que ha dado la existencia a todo cuanto existe y que conduce la historia humana a su plenitud.
Los grandes personajes de la historia permanecen en el recuerdo agradecido de quienes les sobreviven, tal vez en las consecuencias benéficas de sus obras a favor de la humanidad. Cristo permanece en su Iglesia de una manera personal y efectiva: por medio del Espíritu divino que envía sobre los apóstoles y que no deja de alentar a los cristianos a lo largo de los siglos. Por eso puede decirles que no los dejará solos, que volverá con ellos, que por el Espíritu establecerá una comunión de amor entre el Padre, los fieles y El mismo.
El «mundo» (en el lenguaje de Juan) no puede recibir el Espíritu divino. El mundo de la injusticia, de la opresión contra los pobres, de la idolatría del dinero y del poder, de las vanidades de las que tanto nos enorgullecemos a veces los humanos. En ese mundo no puede tener parte Dios, porque Dios es amor, solidaridad, justicia, paz y fraternidad. El Espíritu alienta en quienes se comprometen con estos valores, esos son los discípulos de Jesús.
Esta presencia del Señor resucitado en su comunidad ha de manifestarse en un compromiso efectivo, en una alianza firme, en el cumplimiento de sus mandatos por parte de los discípulos, única forma de hacer efectivo y real el amor que se dice profesar al Señor. No es un regreso al legalismo judío, ni mucho menos. En el evangelio de San Juan ya sabemos que los mandamientos de Jesús se reducen a uno solo, el del amor: amor a Dios, amor entre los hermanos. Amor que se ha de mostrar creativo, operativo, salvífico.
Para la revisión de vida
Con frecuencia entendemos el amor que nuestra fe nos pide como una cuestión de sentimientos; pero, de ser así, ¿cómo entender el amor al enemigo, que nos pide Jesús? El amor cristiano no es tanto un sentimiento del corazón como una actitud de vida ante el prójimo, sea amigo o enemigo. ¿Cómo muestro yo mi amor a Dios y al prójimo, con sentimentalismos o, como Él nos dice, cumpliendo su voluntad?; ¿vivo mi fe como un «asunto del corazón» o como un asunto de mi vida entera?; ¿recuerdo y vivo aquello de «obras son amores y no buenas razones»?
Para la reunión de grupo
En el evangelio de hoy Jesús nos promete la compañía del Espíritu en la comunidad. ÉL nos llevará a la verdad completa, y gracias a Él no estaremos solos. Sin embargo, en la historia de la Iglesia –y probablemente, en nuestra propia infancia- nuestra formación cristiana dejó a un lado al Espíritu. Dios, sin más especificación, era Dios Padre, y Cristo era el protagonista del proyecto del Padre. El Espíritu con frecuencia brillaba por su ausencia. ¿A qué se debe este olvido del Espíritu en nuestra historia cristiana? ¿Qué consecuencias ha podido traer?
Por otra parte, es verdad que decir de un grupo que es pentecostal, espiritual, pentecostalista o espiritualista, carismático… son calificaciones con frecuencia entendidas como negativas. ¿Por qué? ¿En qué peligros se basa este temor?
El Espíritu es la fuerza que nos capacita para cumplir la tarea que Dios nos asigna a personas y comunidades; sin Espíritu, la religión se queda en magia; con Espíritu se convierte en vida; ¿cómo celebra nuestra Iglesia los sacramentos: como ritos mágicos, como celebraciones folclóricas? ¿En qué sentido?
Para la oración de los fieles
Por la Iglesia, para que siempre sea consciente de que su vida no está en sus normas e instituciones sino en dejarse llegar por el Espíritu, y no se anuncie a sí misma sino el Reino de Dios. Roguemos al Señor.
Por todos los creyentes, para que sintamos siempre el gozo y la alegría de haber recibido la Buena Noticia y sintamos también el impulso de anunciarla a los demás. Roguemos al Señor.
Por todos los que ya no esperan nada ni de Dios ni de los hombres, para que nuestro testimonio les abra una puerta a la esperanza. Roguemos al Señor.
Por los jóvenes, esperanza del mundo del mañana, para que se preparen a construir un mundo mejor, más solidario, más justo y más fraterno. Roguemos al Señor.
Por todos los pobres del mundo, para que los cristianos, con nuestra fraternidad solidaria, seamos causa real de su esperanza en verse libres de sus limitaciones. Roguemos al Señor.
Por todos nosotros, para que formemos una verdadera comunidad en la que se alimente nuestra fe y nuestra esperanza, de modo que podamos transmitir nuestro amor a los demás. Roguemos al Señor. 
Oración comunitaria
 Dios, Padre nuestro, que en Jesús de Nazaret, nuestro hermano, has hecho renacer nuestra esperanza de un cielo nuevo y una tierra nueva; te pedimos que nos hagas apasionados seguidores de su Causa, de modo que sepamos transmitir a nuestros hermanos, con la palabra y con las obras, las razones de la esperanza que sostiene nuestra lucha. Por Jesucristo.
Los comentarios que se adjuntan se toman de diversos libros, editados por Ediciones El Almendro de Córdoba, a saber:
- Jesús Peláez: La otra lectura de los Evangelios, I y II. Ediciones El Almendro, Córdoba.
- Rafael García Avilés: Llamados a ser libres. No la ley, sino el hombre. Ciclo A,B,C. Ediciones El Almendro, Córdoba.
- Juan Mateos y Fernando Camacho: Marcos. Texto y comentario. Ediciones El Almendro.
        - Juan. Texto y comentario. Ediciones El Almendro. Más información sobre estos libros en 
www.elalmendro.org
        - El evangelio de Mateo. Lectura comentada. Ediciones Cristiandad, Madrid.
Acompaña siempre otro comentario tomado de la Confederación Internacional Claretiana de Latinoamérica: Diario bíblico


lunes, 1 de mayo de 2017

Espejo, Alhama, Granada, La Zubia,

Labradores, militares, abogados, escritoras, curas, príncipes,  jornaleros...

A veces, libres; otras, prisioneros por afrancesados, por monárquicos o por republicanos.

LOS ESPEJO



       El afrancesado y Deán de la Catedral de Córdoba, Manuel Espejo Guzmán y Piñar, en su expediente de limpieza de sangre, conservado en el Archivo Histórico de la Universidad de Granada, dice que su abuelo es el 7º nieto de Pedro de Espejo, el cual se instaló en Alhama de Granada tras la reconquista.

Los Espejo de La Zubia descendientes del primer Espejo que se instaló en Alhama de Granada.


Testamento de Pedro de Espejo, uno de los primeros Espejo en Alhama; Alhama de Granada, 14 de marzo de 1532.
Signatura: protocolos Alhama de Granada; escribano: Alonso del Carpio 1531-1533
“Sepan cuantos esta carta de testamento vieren, cómo yo, Pedro de Espejo, vecino que soy de esta noble ciudad de Alhama, estando enfermo del cuerpo … que me entierren en la Iglesia Mayor de esta ciudad (se entierra en el segundo trance).
Encarga misas por su alma y las de los suyos, entre ellos se encuentra su primera mujer, Inés García.
Deja dinero para redención de cautivos.
Pedro de Espejo, estuvo casado en primeras nupcias con Inés García; en segundas, con Catalina Martín.
Hijos con la primera mujer:
            -María López de Espejo, casada con Fernando Berlanga.
            -Catalina García de Espejo, casada con Rodrigo Malpica.
Hijos con la segunda mujer:
            -Juan Espejo.
            -Juana Martín de Espejo.
            -Pedro de Espejo.
            -Esteban de Espejo.
Albaceas testamentarios: Juan López de Espejo, sobrino del testador y (…) Villalón.

Añadir leyenda

Luis de Espejo e Isabel López
            Los encontramos en Alhama de Granada a finales del s. XVI y principios del XVII.
Estos tendrán, al menos, un hijo, Juan de Espejo López, quien contraerá matrimonio con Ana María Díaz Guzmán.

Protocolos notariales Alhama; Luis de Espejo.
Juan de Espejo López y Ana María Díaz Guzmán
            Juan de Espejo contrae matrimonio en La Malahá en 1633, con Ana María Díaz de Guzmán. En el acta matrimonial, conservada en el Archivo Parroquial de La Malahá, se nos dice que:
            -La boda se celebró en esta parroquia el 6 de octubre de 1633.
            -El novio: Juan de Espejo es hijo de Luis de Espejo y de Isabel López, vecinos del cortijo de Fornes, esto es, Alhama.
            -La novia: Isabel María Díaz es hija de Antonio Díaz y de Leonor de Guzmán, vecina de La Malahá.


Serán padres de:
-Leonor Espejo, nació en 1636.
-Luis Espejo, nació en 1638; Ana Martín.
-Antón Espejo, nació en 1640; Magdalena Martín de Castilla.
-Juan Espejo, nació en 1652.
-Pedro Francisco Espejo, nació en 1655.

Antonio Espejo Guzmán y Magdalena Martín de Castilla.
Hijos:
-Juan de Espejo, que se bautizó el 19 de agosto 1672; su padrino fue Luis Espejo, vecino de las Ventas de Huelma. (foto 9259; folio 195 bautismos La Malahá).

Juan de Espejo Guzmán Martín y María de la Peña.


            
Contraen matrimonio en segundas nupcias en 1701.

            El novio, viudo de Antonia Martín Aguada; la novia, viuda de Juan de la Hoz. Los testigos de la boda fueron: Luis de Espejo, José Delgado y Pedro Francisco de Espejo, beneficiado de La Malahá; padrino: Luis Espejo, el mozo. (foto 9298-99 folio 164 vuelto y 165 recto).
En algunas partidas de bautismos de sus hijos nos dirán que su madre, María de la Peña, era de Alcalá Real; en otras, que de Moclín.
Hijos:
-Feliciana; se bautizó en La Malahá el 8 de octubre de 1701. (foto 9391; folio 101 vuelto).

-Bernarda; se bautizó en La Malahá el 19 de noviembre de 1702. (108 vuelto).
-Antonio Luis; se bautizó en La Malahá el 8 de marzo de 1705. (foto 9405 -folio 148).


-Antonio Francisco; se bautizó en La Malahá el 31 de octubre de 1714. (foto 9419, folio 222).
-Juan Félix se bautizó el 31 de mayo de 1718. (foto 9425; folio 241).
Antonio Luis Espejo Peña y Dionisia Montes Alarcón.
            En el expediente matrimonial, en 1721, afirma el novio que tiene 16 años. Que es hijo de Juan de Espejo y de María de la Peña, natural de La Malahá, donde siempre ha vivido pero que desde hace 6 meses reside en La Zubia. La novia afirma que es de 20 años que es hija de Luis Montes López y de Gabriela Alarcón y Molina, que nació el 8 de octubre de 1701 en La Zubia. Sus abuelos Paternos son Rodrigo Montes y María López; los maternos Manuel Alarcón Molina y Juana Gómez. La boda se celebró en La Zubia el 9 de noviembre de 1721.


Hijo:
-Bernardo Antonio de Espejo Guzmán y Montes Alarcón.
Bernardo Antonio de Espejo Guzmán Montes y Josefa Fernández de Píñar.

            
      Según el testamento de Bernardo redactado en La Zubia ante el escribano Mariano Molina en 1796 y conservado en el Archivo de Protocolos de Granada, contrajo matrimonio con doña Josefa Fernández Píñar, ambos fueron padres de:
-Juana Espejo y Píñar, difunta en edad pupilar.
-María Espejo y Píñar, difunta en edad pupilar.
-Manuel Espejo y Píñar. Deán de la Catedral de Córdoba.
-Miguel Florencio Espejo y Píñar. Capitán del Regimiento Provincial de Granada.
Miguel de Espejo Guzmán y Píñar y Juana de Velasco Dueñas y Ordóñez
Hijos:
-Manuel Espejo y Velasco Dueñas; militar español.

-Joaquín Espejo y Velasco Dueñas; militar; primero en España y después en Rusia. Su hija María, en Rusia, se casará con el príncipe Nakashidze; sus nietos se denominarán príncipes Nakashidze.


-Miguel Espejo y Velasco Dueñas; militar; primero en España y después en Rusia.


-Ramón Espejo y Velasco Dueñas.
-Francisco Espejo y Velasco Dueñas; abogado en Córdoba.
-Antonio Espejo y Velasco Dueñas.
-Rafael Espejo y Velasco Dueñas, padre del que sería Deán de la Catedral de Córdoba, Rafael Espejo y Coronado; también fue padre de Luisa Espejo y Coronado.
       Los Espejo instalados en Rusia los hemos estudiado y publicado en otra entrada de este blog; quisiera centrarme y desarrollar la línea que surge con Antonio Espejo y Velasco.

Antonio Espejo Velasco Dueñas y Antonia Valverde.
            Antonio había nacido en La Zubia; su trabajo como empleado de Hacienda le haría vivir en diversos lugares, entre otros, Cádiz y Sevilla. Contrajo matrimonio con la madrileña Antonia Valverde.
Hijos:
1.-Manuel Espejo Valverde Mª Milagros Domínguez García:


2.-Salvador Espejo Valverde; nació en Sevilla y se ordenó sacerdote en y para Granada.


3.-Antonio Espejo Valverde Francisca Gómez López. Fue cónsul de Argentina en Granada.





4.-Carmen Espejo Valverde; escritora. Se casará en Madrid con Antonio María Píñar y Fonseca.
Pedro de Espejo
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Luis de Espejo
 (en Alhama de Granada)
Isabel López

Juan de Espejo
1633
Ana María Díaz Guzmán

Antón Espejo y Guzmán (nació en 1640)
Magdalena Martín de Castilla

Juan Espejo y Guzmán
(en 2ª nupcias 1701)
María de la Peña

Luis Espejo y Guzmán
1721
Dionisia Montes Alarcón

Bernardo Antonio Espejo y Guzmán
Josefa Fernández Píñar

Miguel Florencio Espejo
Juana Velasco Dueñas y Ordóñez
Hijos:  Manuel; Joaquín; Miguel; Ramón.


Testamento de: don Bernardo Antonio de Espejo y Guzmán y de doña Josefa Fernández de Píñar, su mujer.

Signatura: Archivo Protocolos Notariales Granada; Distrito La Zubia; escribano Mariano Molina; años: 1796-1800.
Año: 1796.
            “En el nombre de Dios, Ntro. Señor y de María Santísima, Señora Nuestra, convenida en gracia en el instante primero de su animación, Santísima y de todos los Santos de la corte celestial; sea notorio a todos los que esta Pública Escritura de Testamento, última y final voluntad vieren cómo nosotros, don Bernardo Antonio de Espejo y Guzmán, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de La Zubia, natural de la villa de La Malahá, hijo legítimo y de legítimo matrimonio de don Luis de Espejo y Guzmán, natural de la villa de La Malahá y de doña Dionisia de Montes y Alarcón, natural de ésta de La Zubia, y ambos vecinos que fueron de ella, y doña Josefa Fernández de Piñar, natural de la villa de los Ogíjares de la Vega, y vecina, así mismo de ésta de La Zubia, hija legítima y de legítimo matrimonio de don Diego Fernández Píñar, Alcalde Provincial y Regidor Perpetuo que fue de esta villa de La Zubia y natural y vecino de ella y de doña Dionisia Guerrero, vecina, así mismo de ella y natural del Chite, en el Valle de Lecrín; hallándonos con crecida edad y con diferentes accidentes habituales, pero en nuestro libre juicio, memoria y entendimiento naturales que Dios Nuestro Señor ha sido servido de darnos y creyendo como siempre hemos creído y creemos fiel y verdaderamente en el Altísimo Soberano y en el incomprensible Misterio de la Santísima Trinidad: Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas y un sólo Dios verdadero y en todos los demás Misterios y Artículos de fe, que tiene, cree y confiesa Nuestra Santa Madre Iglesia Católica, Apostólica Romana y protestamos vivir y morir, como católicos y fieles cristianos; y considerando la inconstancia de nuestras vidas y la certeza de nuestra muerte y en la incertidumbre de sus horas, para cuando ésta llegue y que no nos halle desprevenidos de las disposiciones que a todo fiel cristiano corresponden, valiéndonos como siempre nos hemos valido del Patrocinio y amparo de María Santísima Señora Nuestra, Madre de Nuestro Señor Jesucristo y Reina de los Cielos y de los Santos Ángeles de nuestra Guarda, santos de nuestros nombres y de nuestra devoción y demás de la Corte Celestial, para que intercedan ante Nuestro Señor Jesucristo, perdone nuestras muchas  y graves culpas y (…) para cuando de este mundo salgan  comediéndonos en el acto presente el mayor acierto para la ordenación de este nuestro testamento, última y final voluntad que en nuestro ánimo (…) lo ordenamos en la forma y modo siguiente:
            Primeramente, encomendamos nuestras almas y las mandamos a Dios Nuestro Señor que la crió y redimió con la preciosísima sangre, pasión y muerte de su santísimo Hijo, Nuestro Señor Jesucristo; nuestros cuerpos, a la tierra de donde traen su origen, los cuales se han de adornar con el hábito que visten los religiosos de nuestro seráfico Padre San Francisco de Asís y sepultados, el mío, don Bernardo Antonio,  en la iglesia del convento de Nuestro Señor San Luis el mayor en esta villa en la sepultura que tengo propia y de mancomún con los herederos de don Alonso Alarcón y de mancomún también ofrecemos anualmente como herederos que somos de don Luis de Alarcón y Molina, mi tercer abuelo, en cuya sepultura se halla enterrada mi madre y es la que tiene la lápida con la inscripción de ser propia del dicho don Luis y de sus herederos y de presente está en la puerta de la capilla de Nuestra Señora de los Dolores en que antes estaba el Señor Ecce Homo; o en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de Nuestra Señora del Rosario, según les pareciere a nuestros albaceas y el de mí, la doña Josefa, en la referida capilla de la expresada Señora del Rosario o en la denominada Señora de los Dolores del citado convento, según pareciere a nuestros albaceas, que así es nuestra voluntad.
            Es nuestra voluntad acompañen a nuestros cuerpos en sus entierros la Santa Cruz de nuestra parroquia, señores beneficiados, cura y demás ministros, titulares de ella y la comunidad de religiosos del citado convento del Señor San Luis el mayor de esta villa y demás acompañamiento que pareciere a nuestros albaceas a cuya disposición lo dejamos.
            Item, es nuestra voluntad que el día o días de nuestros entierros, siendo hora de celebrar el Santo Sacrificio, se digan en nuestra parroquia, por nuestras almas e intenciones una misa cantada de cuerpo presente, por el que de nosotros se fuere a enterrar, con vigilia cantada, responsos y dobles y después el novenario de misas rezadas que es de costumbre; pero si los sepelios no fueren en hora u horas de celebrar los Santos Sacrificios, se dirán las dichas misas cantadas antes de ellos o al día siguiente del entierro de cada uno y la limosna de todo ello se satisfará de nuestros bienes y por nuestros albaceas.
            Item, mandamos se digan por nuestras almas e intenciones 500 misas rezadas; 250 luego que fallezca el primero de nosotros y las otras 250 luego que fallezca el último de nosotros; y de unas y otras, sacada la cuarta que corresponde a nuestra parroquia, las demás se dirán en la forma siguiente: 80 en el convento del Señor San Luis de esta villa y por los religiosos…
            Item, se den de la limosna a las mandas forzosas…
            Item, mandamos y declaramos y es nuestra voluntad que respecto a aquellos varales de las andas de Nuestra Señora del Rosario de esta villa, se hallan todavía sin remates, se hagan por nuestros hijos y herederos los cuatro remates de plata, gastando en ellos hasta 200 reales, 50 en cada uno; y si por la cofradía o por alguna otra persona particular se quisiere hacer alguno o ayudar en el coste de ellos, la cantidad con la que se ayude, se aumentará en el costo de ellos la cantidad que ayuden, se aumentará el valor de los dichos remates, que así es nuestra voluntad.
            Item, declaramos estamos casados y velados según orden de Nuestra Santa Madre Iglesia y de dicho matrimonio sólo hemos tenido cuatro hijos, que fueron doña Juana, y doña María de Espejo, que murieron en las edades pupilares y don Miguel Florencio de Espejo y Píñar, capitán de Regimiento Provincial de Granada y a don Manuel de Espejo y Píñar que de presente se halla de prebendado de la Santa Iglesia Catedral de Córdoba. Así lo declaramos para que en todo tiempo conste.
            Item, declaramos que los bienes que trajimos del matrimonio y que poseemos, por lo que respecta a mí, don Bernardo, son de legítima por línea materna, pues de la paterna no he heredado ningunos; por lo que respecta mí, la doña Josefa, los que poseemos son solamente los de la vinculación que mi tío, el ilustrísimo don Antonio Fernández de Píñar, presbítero, juntamente con un legado suelto, pues de mis padres no heredé ningunos; así lo declaramos para que en todo tiempo conste.
            Item, declaramos, que hemos dado y gastado en nuestros dos hijos diferentes e importantes cantidades. En  don Manuel, para los gastos del colegio, seminario de San Bartolomé y Santiago de la ciudad de Granada y después en los del Mayor de Santa Catalina, de la dicha ciudad, Grados de las facultades de Leyes, Cánones hasta el de Doctor en los dichos Cánones y en la carrera de oposiciones, hasta que llegó a conseguir la prebenda de la Santa Iglesia Catedral de Córdoba que en el día posee. En don Miguel Florencio, para la carrera Militar que ha seguido desde cadete del Regimiento Provincial de Granada hasta la de capitán de dicho Regimiento; y en el tiempo de más de 20 años que lleva en ella, en las salidas de dicho regimiento, así a la ciudad de Málaga como del Campo de Gibraltar, en el tiempo del último sitio donde asistió como subteniente y teniente de la Compañía de Granaderos de dicho Regimiento y después en otras salidas de destacamentos de la dicha compañía, para la expresada ciudad de Málaga y la de Antequera, y últimamente en la de la presente para el ejército de Cataluña y Rosellón, donde ha asistiendo como capitán de una de sus compañías, en cuyas salidas, para que pudiere  sustentarse con toda decencia, le hemos suministrado también diferentes e importantes cantidades, por lo que a nuestro juicio prudencial que hacemos han gozado nuestros dos hijos, igualmente o a corta diferencia, de nuestro caudal; así lo declaramos.
            Item, declaramos que hace nueve años que el referido, nuestro hijo don Miguel de Espejo, se casó con doña Juana de Velasco Dueñas y Ordóñez y de la dote de ésta en dineros nos entregó hasta 20.000 reales, los que hemos invertido y gastado a nuestra voluntad en todo lo que ha ido ocurriendo, concerniente a nuestro sustento y cultivo de nuestra hacienda, y desde que el referido contrajo su matrimonio lo hemos tenido  y a la expresada su mujer en nuestra propia casa y a sus cuatro hijos que hasta de presente tiene alimentándolos a todos y de todo lo necesario; por lo que haciendo una equitativa regulación de lo que han importado sus alimentos es nuestra voluntad, que de estos no se les haga cargo, pues con la cantidad que va referida nos entregó quedan satisfechos y sin mayor perjuicio de él ni del dicho don Manuel, su hermano, y así es nuestra voluntad que no se haga mención, ni de dicha cantidad ni de los referidos alimentos, aunque en el tiempo de ellos no ha estado en casa el dicho nuestro hijo don Manuel por…
            Item, declaramos somos dueños y poseedores del vínculo que fundó el ilustrísimo don Alonso Fernández de Píñar, presbítero, tío de mí, doña Josefa, lo fundó en el año pasado de 1743, para mí y mis hijos y descendientes, de cuyo vínculo los albaceas testamentarios, del dicho mi tío, para pagar su funeral y misas y otros gastos, vendieron en mi menor edad una haza de veinte marjales en el término de esta villa, pago del Ramal del Lunes y  (…), linde de presente con tierras de la Santa Iglesia Catedral de esta ciudad de Granada y con otras del convento de las monjas de la Encarnación de dicha ciudad y con tierras de doña María Margarita Fernández Cortacero y de don Diego Manuel García; al licenciado don Salvador de Malagón, presbítero Beneficiado que fue de la Iglesia parroquial de Nuestra Señora Santa Ana de la dicha ciudad, la referida haza en precio de 7100 reales y además de ellas con el cargo de cuatro reales de censo anuales por cada marjal a la Real Población y jurisdicción de esta villa, y habiendo muerto el dicho licenciado Malagón en el año pasado de 1784, por cláusula del testamento que en el día 30 de abril de dicho año había otorgado ante don Francisco Lorenzo de Guzmán, escribano del número de la dicha ciudad, mandó a sus heredero nos la devolviesen por los costes que le había tenido por haberla comprado con dicha condición y en fuerza de dicha cláusula sus herederos que lo fueron. Don Casimiro Villa Real y doña María Rosa de Alcántara, su mujer, sobrina del referido licenciado Malagón por escritura que os otorgaron en dicha ciudad ante el citado escribano Guzmán en el día trece de septiembre del año pasado de 1787, nos devolvieron la referida haza con el cargo de los cuatro reales anuales de censo por cada majal a la población y jurisdicción de esta villa…
            Item, declaro yo, don Bernardo de Espejo, que soy dueño y poseedor del título de Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de La Zubia, que heredé de mi madre y abuelos, como consta del referido mi título que se me despachó el 2 de diciembre del año pasado de 1749 por el señor don Fernando VI. Que santa gloria haya, en cuyo título entre otras preeminencias se me concede, la de la expresa facultad y licencia de poderlo vincular o poner en mayorazgo, con la condición de los vínculos, prohibiciones que fueren de mi voluntad (…).  Y usando de la dicha licencia y facultad expresa es mi ánimo y voluntad el legárselo y dejarlo al dicho mi hijo don Miguel de Espejo, capitán del regimiento provincial de Granada para que lo goce por los días de su vida y después todos sus hijos y descendientes por la reglas de preferencias de mayor a menor y de varón a hembra, pues de este modo lo posea siempre el que de ellos fuere poseedor de la vinculación, que gozamos (…); el cual después del último de los descendientes, se vendrá en pública subasta y su importe se distribuirá en misas rezadas que se han de decir por mi alma e intención, en limosnas para los pobres de esta villa, y en otras obras pías en la conformidad que adelante expresaré, por ser así mi última y final voluntad, la que quiero que se cumpla por considerar, como considero que la real orden del año pasado de 1789 no deroga ni anula las especiales gracias y mercedes concedidas a particulares pues no hacen mención de ellas, como lo es la del referido real título, el cual a su poseedor según los motivos que expresa la dicha Real Orden  no le puede ser impedimento para las carreras militares, ni políticas, ni menos cesa (,,,) de bienes raíces, con detrimento del común, ni del Real erario, pues siempre el nuevo poseedor ha de sacar nuevo Real Título y  aunque alguno  no lo saque, el siguiente o siguientes, siempre han de pagar y satisfacer los derechos y precios de la media o medias  (…) que desde el último Real Título, se hayan causado por las personas que lo hayan poseído, aunque no lo hayan usado que es lo que hasta el presente se ha acostumbrado pagar, como yo lo ejecute de las personas que habían tenido derecho a él, desde mi abuelo, don Luis de Montes, hasta la Real Merced que a mí se me confirió; y mediante el juicio y consideración que llevo expresadas he puesto la condición de que los hijos y descendientes del dicho mi hijo don Miguel lo gocen por las reglas de preferencia, de mayor a menor y de varón a hembra, sin más motivo ni interese que el de que en ellos se conserve el honor de dicho Real Título proveniente de Gracia y Merced, hecha y creada, para mi tercer abuelo don Luis de Alarcón; y en el caso de que por su Majestad y Señores de sus Reales Consejos, sin embargo de los motivos expuestos no se tenga a bien la expresada condición del goce por las referidas reglas de preferencias solamente para mientras duren los hijos y descendientes del nominado mi hijo, don Miguel de Espejo, se lo lego y mando a este como por vía y después a sus hijos: don José, don Manuel, don Joaquín, don Ramón de Espejo, que son los cuatro hijos que hasta de presente tiene y se hallan en las edades tiernas y pupilares para que en todos lo  vayan poseyendo solamente cada uno por los días de su vida y si algunos otros más hijos tuviese, lo gozaran también solamente por los días de su vida, empezando por el mayor y después los que se fueren siguiendo según sus mayorías y por falta de el último heredaran el dicho Título en posesión y propiedad todos los descendientes que hubiesen quedado de los hijos del citado mi hijo don Miguel por iguales partes como respecto cada uno de ellos (…).
            Item, declaro que es mi ánimo y voluntad que habiéndose verificado el goce de dicho título, los hijos y descendientes del expresado mi hijo don Miguel de Espejo, por las reglas de preferencia de mayor a menor y de varón a hembra según la disposición que llevo hecha y que por fin del último de los poseedores se ha de vender según la disposición que llevo hecha y que por fin del último de los poseedores, se  ha de vender el dicho título en pública subasta, su importe, la mitad se distribuya en misas rezadas  que se han de decir por mi alma e intenciones en la conformidad siguiente: cincuenta por el señor cura que en aquel tiempo fuere de la iglesia parroquial de esta villa y en el altar y capilla de Nuestra Señora del Rosario de ella y las restantes a que alcanzaren la mitad del referido importe del convento de nuestro Señor San Luis el Real de esta villa, en el altar de nuestra Señora de los Dolores, o en otro cualesquiera de privilegio de Ánima de dicho convento; otra tercera parte en el altar de María Santísima, nuestra Señora del Carmen del convento de Carmelitas Calzados de la ciudad de Granada y por los sacerdotes de dicho convento y la otra tercera parte en el convento de Padres Capuchinos de dicha ciudad y por los sacerdotes de él y en sus altares de privilegio de Ánima y la limosna de todo de dichas misas se satisfará a los precios que en aquel tiempo fuere costumbre y las otra mitad en su importe se distribuirá en limosna a los pobres de esta villa que se contemplen más necesitados; bien alguna obra Pública y Pía que sea en beneficio del común y de los referidos pobres; y la venta del dicho título y distribución de su importe si llegase a faltar la descendencia del dicho mi hijo don Miguel de Espejo también mi hijo actual prebendado de la Santa Iglesia Catedral de Córdoba, sea éste quien la ejecute presidiendo el poner carteles y así en la plaza pública de esta villa como en las de la ciudad de Granada y otros sitios públicos de ella, los que han de estar fijados por el término de 30 días; y habiendo fallecido, el expresado mi hijo don Manuel ejecutará dicha venta, el señor cura que en aquel tiempo fuese de la Iglesia Parroquial en aquel tiempo fuere de la dicha iglesia parroquial de esta villa y los señores decano del colegio de abogados de la ciudad de Granada y escribano de Cámara del Real Acuerdo de la Chancillería de dicha ciudad, a los cuales para cuando este caso llegue, les doy el poder y facultad necesario como en calidad de Albaceas, (…).
            Item, declaro que el legado que en las cláusulas anteriores a la que a esta antecede del título de Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa llevo hecho a el referido mi hijo don Miguel y a sus hijos y descendientes, es (misas en la iglesia de La Zubia…).
            Item, declaramos (…) que nuestros albaceas serán, el que de los dos quede vivo, más los referidos don Miguel y don Manuel de Espejo y Píñar, nuestros hijos. Deja por herederos a sus dos hijos.
En la villa de La Zubia, a 29 de abril de 1796.”