martes, 31 de enero de 2017

¿¡Dios ha muerto!? Nietzsche

Nietzsche:
                   “¡Dios ha muerto!”.
¿Qué quiere decir el pensador alemán con esta frase?

         Son muchos los que la han interpretado.

Me quedo, por su fiabilidad, con el mejor amigo de Nietzsche:  Franz Overbeck.

         ¿Por qué ésta me parece la explicación más plausible?

                   Porque convivió con él; fue un amigo fiel; conocía de primera mano el pensamiento del alemán; porque fue otro intelectual, capaz de comprender el discurso nietzscheano.



¿Qué dice Overbeck?

         “Nietzsche ha dicho: ¡Dios ha muerto! Esto no significa: ¡Dios no existe, es decir, no puede existir, no existe, no existirá y no ha existido jamás! (…) Partiendo de mi relación habitual con Nietzsche sólo puedo decir lo siguiente: nunca tuve la impresión de que contara con una respuesta sobre la existencia o inexistencia de Dios, pero ignoro si alguna vez pretendió decir algo al respecto.”
                   (Franz Overbeck, La vida arrebatada de Friedrich Nietzsche, ed.  errata naturae editores, 2016, fl. 52-53).
        
                   El pensamiento de Nietzsche, como el de todos los pensadores, corresponde a una época determinada, a las cuestiones de su momento, aunque trate temas y dé respuesta a cuestiones universales; éstas nunca son definitivas.

                   La palabra de Nietzsche no tiene más valor que el que la realidad le dé, esto es, debe ser sometida a la crítica como la de cualquier otro pensador. No porque el pensador alemán lo afirme es cierto.

                   Nietzsche cae en el error de pensar, como casi todos los filósofos, que su palabra es la definitiva, no por ser la última, sino por ser la verdadera frente al resto, aunque pudiese afirmar el filósofo en su mismo discurso que la verdad no existe.


         Algunos, para creer en Dios, esperan que Nietzsche les dé permiso, pero Nietzsche ha muerto; esto no quiere decir que no existió, o que no pueda existir más allá del tiempo o en el tiempo; lo que sí es cierto es que para saber que Dios existe y creer en Él no necesitamos el permiso de nadie.

cultura Alhama herencia mayorazgo investigación


José Antonio Espejo Zamora
Bienes Inés Gómez y Zamora Belmudo
Signatura: Archivo de Protocolos de Granada, Alhama de Granada; escribano: José María de la Peña Bustos, años 1868 – 1870, tomo único: folios: 19 – 48 vuelto.


Cripta, Alhama, convento del Carmen; los difuntos nunca duermen.

D. José Branchat y Valier D. José Branchat y Gómez Zamora Belmudo: liquidación y división del caudal relicto por muerte de
Dª Inés Gómez Zamora Belmudo.

El caudal siempre se queda en este mundo.

         En la ciudad de Alhama, a 21 de enero de 1870, ante mí Don José María de la Peña y Bustos, notario del Ilustre Colegio Territorial de la Audiencia de Granada, con asignación a este distrito y testigos que le expresarán comparecencia, don José Branchat y Vallier, natural de Valencia, vecino de esta ciudad, viudo, propietario y de 56 años y don José Branchat Gómez de los Álamos y Zamora Belmudo, abogado de los Tribunales de la Nación, labrador, propietario, de edad de 27 años y de esta naturaleza y vecindad; del conocimiento de dichos Señores y demás circunstancias que identifican sus personas, yo, el notario, doy fe y manifestando presencialmente en esta ciudad de Alhama, han convenido sea considerada como punto de su vecindad para cuantos efectos judiciales puedan dimanar del presente contrato,  DIJERON:


Mientras dormimos, la vida pasa.
         
       Que la señora Dª Inés Gómez y Zamora Bermúdez, natural y vecina de esta expresada ciudad, esposa del primero de los relacionantes y madre del segundo, falleció a la edad de 64 años, el día 26 de febrero del año próximo anterior y con este motivo los comparecientes, esperando a la recolección de granos y que el caudal yacente estuviese en términos de ser inventariado y evaluado, formadas en el mes de agosto último, dichos trabajos, convencional y privadamente, pero nombrando peritos y testigos con las demás formalidades prescritas por las leyes.
Alhama: cada piedra es el rastro de multitud de generaciones;
miles de historias por contar.
         Desde entonces se han venido ocupando en el reconocimiento y ordenación de los títulos de cada finca, en liquidar el caudal relictos, las bajas que de este deban hacerse, determinar lo mismo al viudo, como propietario de la mitad de gananciales, que como legatario del quinto de los bienes de su difunta esposa, que al hijo y heredero de esta, la porción liquidada que les corresponde percibir, señalada y liquidando sus haberes, desigual las fincas que cada cual haya de llevar en pago y procurar, por último todos los documentos que hayan de servir de base y de justificante a estas operaciones. Habiendo logrado de esta suerte terminar los dichos trabajos, están en caso de reducir a instrumento público la liquidación y partición del caudal, con cuyo objeto comparecen a otorgar esta escritura en la que para mayor inteligencia fijan primeramente los siguientes:


Un mundo da paso a otro mundo.

Preliminares
         Doña Inés Gómez y Zamora Belmudo, hallándose en el estado de viuda y D. José Branchat y Valier, soltero, contrajeron matrimonio legítimamente, el día trece de septiembre de mil ochocientos cuarenta. Durante él procrearon tres hijos: don José, don Juan y doña María Manuela Branchat y Gómez; los dos últimos fallecieron, uno en la infancia y la otra en la pubertad, quedando solamente a doña Inés su hijo y heredero legítimo que es el licenciado don José Branchat y Gómez Zamora Belmudo.


La ganancia siempre es fruto de muchas manos.

         En el mismo día de la celebración de aquel matrimonio el señor don José Branchat recibió de su esposa todos los bienes que poseía y aportaba a la sociedad conyugal, importando con inclusión de la partida de regalos: 342.192 reales, según la tasación que al efecto se diera a todos ellos, otorgando D. José, escritura de dote en favor de su prometida esposa ante la fe del presente notario, cuya primera copia autorizada por dicho funcionario se ha tenido a la vista.


Plantados en la tierra, conviviendo con el cielo; éste y el otro mundo se entrelazan.

         Durante el matrimonio, la señora doña Inés Gómez y Zamora Belmudo ha adquirido varios bienes por herencia de sus parientes; una de esta adquisiciones consistió en una fanega y nueve celemines de tierra en el campo de Dona que el presbítero D. Miguel Gómez le tenía legada en propiedad, puesto que el usufructo correspondía a Sor Inés Encarnación Morales, religiosa de este convento y por su muerte ocurrida hace seis años se consolida el dominio pleno en la expresada señora doña Inés Gómez y Zamora; y la otra adquisición fue una haza de cinco fanegas de tierra en el partido de las Erillas de este término que el año de 1860, le mandó en clase de legado su tía, doña Dionisia Morales. Estos bienes han aumentado el carácter de esta dote, entraron desde luego en la administración y gobierno de D. José Branchat y se hallan justipreciados en la cantidad de 19.800 reales.



         Durante la necesidad conyugal, el señor don José Branchat ha enajenado cuatro fincas de las que constituían la dote de su esposa y ha contraído deudas importantes: la suma de 12.200 reales, pero a la vez adquirió otras muchas fincas y bienes muebles y semovientes que además de esto presenta unos bienes gananciales en que es tanto don José como su hijo don José Branchat Gómez y Zamora, su hijo, son partícipes.


         Doña Inés Gómez Zamora era poseedora del Vínculo que fundó don Juan Zamora Belmudo; entonces se promulgaron las leyes de desamortización y desvinculación de estas fundaciones y dividió el vínculo correspondieron varias fincas a la mitad libre propia de doña Inés y como tales las comprendió en su carta dotal; pero hizo caso omiso de la otra mitad que pertenecía a su hijo don José Branchat Gómez Zamora como reservables por ser el inmediato sucesor y así es que consolidado en este el dominio pleno y absoluto por medio de la ley y por la muerte de la usufructuaria su señora madre…



         El 8 de mayo del pasado año de 1868, la expresada señora doña Inés Gómez Zamora, hallándose enferma y su marido don José Branchat y Valier estando en perfecta salud, otorgaron testamento (…) ante la fe del presente notario y doña Inés dejó las siguientes disposiciones:
         Mandó que su entierro fuera de los solemnes con los funerales y ceremonias consiguientes, doscientas misas, mandas de once reales de estipendio, la bula de difuntos, la manda forzosa, siendo ésta abolida, doscientas misas rezadas por el alma de su difunta hija doña María Manuela Branchat, de cinco reales de estipendio, y una pensión vitalicia de tres reales diarios a la criada María Ruiz Cano, que deberá percibir desde que suceda el fallecimiento del cónyuge testador que superviviere, una cama para cada una de las tres hijas de María Ruiz Cano, llamadas: Ana, María Teresa y María del Carmen Barco Ruiz, a quienes les serán entregadas conforme fueren tomado estado, dos mil reales de limosna para los pobres en cuatro años en razón de quinientos cada uno: se mejoraron ambos cónyuges en el quinto de sus bienes expresando doña Inés que en él debía incluirse la parte libre de la vinculación que poseía, quedando a voluntad del que lo perciba elegir los bienes que quiera para reintegrarse de lo que pueda corresponder por dicho quinto; se prohibió terminantemente toda intervención judicial en las operaciones testamentarias. Se nombraron albaceas, contadores y partidores de sus bienes, así como al hijo de ambos, don José Branchat Gómez, y a Francisco de Paula Castillo y por último instituyeron por único y universal heredero de todos sus bienes, derechos, acciones y futuras sucesiones al repetido don José Branchat Gómez y Zamora, a quien encargaron les encomendase a su Divina Majestad.



         Fundados en las anteriores consideraciones y con el fin de cumplimentar en todas sus partes la voluntad de la testadora los otorgantes  al formar la liquidación del caudal, clasificaran con la debida dedicación los bienes muebles, semovientes, alhajas y fincas que componen el inventario general que, autorizado por los mismos, conservan y que no presentan ni copia en esta escritura porque relevados de toda intervención judicial por la voluntad de la testadora y porque así también lo establecen las leyes, no lo tienen por conveniente, limitándose sólo a fijar el valor de cada uno de dichos bienes (…).

Biblioteca Nacional, la cultura real está en al vida de los hombres

Liquidación del caudal
En alhajas:                                     13.078
En muebles:                                  97.206
En semovientes:                          27.788
En fincas rústicas y urbanas:   377.170
Importa el caudal:                     515.242
Habiendo quinientos quince mil doscientos cuarenta y dos reales.

Bajas de este caudal
1.º Importe de la dote:        342.192
2º. Bienes extradotales:         19.800
3º. Deudas contra el caudal:  12.000
Importan estas bajas:            374.192
Demostración
Caudal inventariado:          515.242
Bajas que de él se hacen:   374.192
Queda demostrado:            141.050 (gananciales)

Que el caudal ganancial de esta testamentaría consiste en ciento cuarenta y un mil cincuenta reales, los cuales deben dividirse por la mitad, importan cada una: 70.525 reales.


Institución Libre de Enseñanza; siempre buscado caminos nuevos sin olvidar el pasado
Haber del licenciado
D. José Branchat y Gómez Zamora
1º.- por la dote de su difunta madre:             342.192
2º.-Por los bienes extradotales de la misma:   19.800
3º.-Por la mitad de los gananciales:                    70.525
Queda pues formado el haber:                          432.517 reales


Baja del quinto
         Extraída la quinta parte del haber que antecede, que liquidada debidamente, importa ochenta y seis mil quinientos tres reales y cuarenta céntimos: 86.503,40.
         Es visto el haber: 346.013,60; líquido del licenciado don José Branchat y Gómez Zamora, o sea, su legítima materna consiste en trescientos cuarenta y seis mil trece reales y sesenta céntimos.



Haber del viudo D. José Branchat y Valier
1º.-Por la mitad de gananciales:       70.525
2º.-Por el legado del quinto:        86.503,40_
Importa el haber de éste:            157.028,40

Liquidación del quinto
Importan el quinto de esta testamentaría, según queda demostrado: 86.503,40 reales.
Bajas del 5º
Manda para los pobres:                                                      2.000
Gastos de funeral, entierro, misas y mandas forzosas: 3.000
Limosna de 400 misas:                                                        2.000__
Importan las bajas:                                                              7.000
Demostración
Importa el quinto:                        86.503,40
Idem, las bajas del mismo:           7.000_____
Queda demostrado que restan: 79.503,40
Comprobación
Haber de D. José Branchat y Gómez Zamora: 346.013,60
Idem, de D. José Branchat, viudo:                     157.028,40
Dudas que existen contra este caudal:               12.200____
Total:                                                                        515.242
Adjudicación
Haber del viudo D. José Branchat y Valier
Este interesado debe percibir:
Por la mitad de los gananciales:       70.525
Por la mejora o legado del quinto:   86.503__
Total:                                                     157.028
Y para pago de esta cantidad se le adjudican los bienes siguientes:
Nº 202 del inventario: Un haza de tierra de secano llamada la Loma con cabida de dos fanegas, situada en este término municipal y partido de las Amodaderas; linda por saliente y norte con tierras de don Antonio Garcés Cebreros; al mediodía con el camino que conduce a los Torcales y poniente con tierras de don Francisco de Paula Velluti. Esta finca procede de la Vinculación fundada por D. Juan Zamora Belmudo y habiéndose agregado a la mitad libre que por virtud de las leyes quedaba en la última poseedora que fue la señora doña Inés Gómez Zamora, la comprendió en su carta dotal como bienes propios; no se halla registrada a favor de dicha señora en la antigua contaduría, pero con el fin de obtener este requisito previo se ha formado expediente posesorio de ella y de otras muchas fincas y está presentado en su registro de la propiedad; el interesado D. José Branchat la designa o escoge para reintegrarse de su legado del quinto y se halla valorada en 10.100 reales libres de todo censo o gravamen.



Nº 203: Otra haza llamada La Amoladera, con cabida de cinco fanegas de tierra de secano, situada en este mismo término y partido de su nombre; linda por salida con tierras de don José de Toledo y Muñoz; mediodía con otras de don Francisco Grande Díaz y D. Castro Montosa Muñoz; poniente otras de don Fernando Toledo y Piquer; y norte, con D. Cristóbal Velasco Espejo; esta finca también se halla libre de todo gravamen; era propia de Dª Inés Gómez y Zamora Bermúdez la aportó al matrimonio, esta comprendida en el expediente posesorio; la designa don José Branchat, reintegrándose del quinto y su valor es el de 25.850 reales.
Nº 206 y 232: Otra haza de cuatro fanegas de tierra de secano, llamada de Pulgar, situada en este mismo término, partido del Carneril y paraje del Llano de cuarenta. Linda por saliente con el barranco que conduce al olivar; mediodía tierras de esta testamentaría, la llamada el Llano de Cuarenta y otra de don Antonio Rodríguez, vecino de Granada; poniente, haza de Ramón Morales Moya; y norte, con otras de Bienes Nacionales. Esta finca está compuesta de seis celemines que figuran al número 206 del inventario y proceden de la Carta Dotal de doña Inés Gómez y Zamora, los cuales, por no estar registrados, se han comprendido en la información posesoria; y tres fanegas y media que compró don José Branchat el 10 de febrero de 1858 a Juan Calvente Fernández y a su mujer doña Mariana Naveros por escritura ante don Francisco García Dávalos y formada razón el 26 de dicho mes y año, en el libro seis de rústicas; está libre de todo censo y gravamen, la desina, D. José Branchat para reintegrarse del quinto y su valor consiste en 4.500 reales.
Nº 210: Otra haza llamada la Malaguilla, con cabida de nueve celemines de tierra de secano, situada en este mismo término y partido del Olivar; linda por saliente con otra de José Pinos; mediodía, el olivar de don Manuel López-Cózar; poniente, con don Francisco Grande Díaz; y norte, con la vereda que conduce al Olivar. Esta finca fue propia de la señora doña Inés Gómez y Zamora, que la aportó al matrimonio, se halla comprendida en la justificación posesoria y don José Branchat, la designa para reintegrarse del quinto, su valor consiste en 3.000 reales.
Nº 211: Otra haza de tierra de secano llamada Hoyuela, de cabida de dos fanegas que sitúa en este mismo término y partido del Olivar y linda por saliente con la vereda que conduce al Val de Játar; mediodía con don Cristóbal Espejo Peula; poniente, el presbítero don Mariano Puertas Robledo; y norte, con el olivar de D. Manuel López-Cózar. Esta finca que se halla plantada de olivos, tiene la misma procedencia que la anterior y está comprendida en la justificación posesoria; ha sido también designada por don José Branchat para reintegrase del quinto y su valor: 7.100 reales.
Nº  236: Otra finca de tierra de secano con cabida de siete fanegas y seis celemines, llamada la Santa del barranco del Carneril y (…) de Juan Peláez, situada en este término y partido del Carneril; linda por saliente con tierras de don José de Toledo; mediodía, con el presbítero don Manuel Treviño; por poniente, con el mismo don José de Toledo; y norte, con el camino que conduce al cortijo de Campos; esta finca fue comprada, una fanega y seis celemines, a don Miguel Muñoz y a don Bernardino Retamero (…). Don José Branchat la designa del quinto, consistiendo su valor en 24.250 reales.

Nº 234: Otra haza llamada la Negra de cantidad de dos fanegas y dos celemines de tierra de secano, en el partido del Carneril, de este término; linda por saliente con don Mariano de Sierra y Puertas y herederos de don Juan Negro Giménez; mediodía con tierras de don Juan Hinojosa Almenara, con quien también linda por poniente y norte la vereda, servidumbre que conduce al haza de Elías y otros parajes. Esta finca fue comprada a los presbíteros don Miguel Muñoz y Morón y  don Bernardino Retamero, como fideicomisarios de doña Dionisia Morales, por escritura del 26 de octubre de 1860, cuya forma de razón queda citada; se halla libre de todo gravamen y justipreciada en 10.000 reales de vellón; ha sido designada por don José Branchat y Valier para reintegrarse de su legado del quinto y toda vez que el importe de éste queda cubierto con el valor de esta finca y las seis que le anteceden, resultando además, un sobrante de doscientos noventa y seis reales y sesenta céntimos, por cuya razón este sobrante pasa a considerarse como adjudicación en pago de gananciales consignados en la mencionada haza que como va dicho vale 10.000 reales.



Nº 205: Otra haza de cabida de dos fanegas de secano en el partido del Carneril, sito en las Erillas, nombrada la del Tajo; linda por saliente con el camino del Olivar; mediodía, con tierras de Bienes Nacionales; por poniente y norte, con el Tajón enfrente de la Mina. Esta finca también procede de la carta dotal de Dª. Inés Gómez y Zamora Bermúdez, se halla libre de censo y gravamen, comprendida en la justificación posesoria y tasada en 6.000, reales.
Nº 231: Otra haza llamada el Llano de Cuarenta, que situada en este término municipal, partido del Carneril, con cabida de dos fanegas; linda por  saliente con don Francisco de Sales Giménez; por mediodía, con el cerro de Campos, propiedad de don Ambrosio Puertas y otros partícipes; por poniente con tierras de los señores Giménez; y por el norte, con el haza de Pulgar que queda adjudicada a este interesado. Esta finca que se encuentra libre de todo gravamen, la adquirió don José Branchat y Valier el 10 de febrero de 1858 por escritura otorgada ante el notario don Francisco García Dávalos, registrada en la antigua contaduría de hipotecas el 26 del mismo, en el libro de rústicas y está valorada en 9.000 reales.
Nº 235: Otra haza llamada la Treviña, de cabida de 4 fanegas y 6 celemines, sin respecto a medida situada en este término y partido de las Erillas, con parte de era; linda por saliente con el barranco de la Chorrera y el tercio de esta testamentaría; mediodía, la Cascada de la Chorrera; poniente con el camino del Olivar; y por el norte, con el camino que de las Erillas conduce a la fuente de los Morales. Esta finca que se halla libre de todo gravamen procede de su fideicomiso cumplido, hecho por doña María Asta Cabezas, en favor de don José Branchat y Valier, a que fue entregada por don Juan Treviño Zamora, marido de aquélla, en virtud de escritura pública del 23 de septiembre de 1844, ante don Manuel Calvo y Martín, que tomó razón en la contaduría de hipotecas; libro corriente de rústicas; fecha 26 de octubre de dicho años, hallándose evaluada en 9.400 reales.
Nº 237 Otra haza de cabida de dos fanegas y siete celemines, sin respecta a medida que sitúa en este término partido de Ombría, paraje de la cuesta del Baño; linda por saliente con don Miguel Carrillo Molina; mediodía con Fernando Toledo; poniente con don José Martos; y norte, con Juan Arias Calvo. Libre de todo censo y gravamen y procede de la compara hecha a don Juan Calvente y a su mujer Mariana Naveros Castillo, por virtud de la escritura que queda y se halla tasada en 12.000 reales.
Nº 238: Una suerte de tierra de secano, de cabida de 8 fanegas, sin respecto a medida llamada el Osario, en este término y partido del Ejido Alto y linda por saliente con el Tapón de Tomé, llamado el Corralillo, perteneciente a esta testamentaria; mediodía, con el barranco del arroyo alto; por poniente haza nombrada de la Valenciana, propia de doña Ana (…); y al norte, el camino que conduce a Dona y vereda de Muñoz. Esta finca que se halla libre de todo gravamen, la adquirió don José Branchat y Valier por permuta de otras con vuelta de dinero que hizo a don José de Toledo y Muñoz, el 23 de diciembre de 1859; por escritura otorgada ante don Francisco García, registrada en la antigua contaduría, en el libro octavo de rústicas, folio primero y segundo, con fecha primero de enero de mil ochocientos sesenta y uno; su valor consiste en 30.000 reales.

Nº 239 Otra finca de una fanega y un celemín de tierra de secano llamada el solarillo de Tomé, situada en este propio término partido del Ejido Alto; linda por saliente con las casas y corrales de la calle Alta; por mediodía con el camino del Arroyo Alto; por poniente, la haza anteriormente deslindada, llamada el Osario; y al norte, camino del Hachuelo y de Muñiz. Esta finca que se halla libre de todo censo y gravamen, la compró don José Branchat y Valier a don Juan Castillo Moya el 20 de agosto de 1866, por escritura otorgada ante el notario don Sebastián Naveros; inscrita en el registro de la propiedad, tomo segundo de Alhama, folio 84, finca número 153, inscripción número 5; con fecha 28 del citado mes y año; se halla valorada en 5.600 reales.
         Importan las fincas adjudicadas al señor don José Branchat y Valier, los figurados 158.800 reales, con los cuales queda completamente satisfecho de la mitad de gananciales que le pertenecen y el legado del quinto íntegramente considerado, puesto que sobre esto se darán en otro lugar las oportunas explicaciones y toda vez que el importe de estas dos partidas que constituyen el haber de este interesado asciende, según la liquidación, a 157.028 reales con 40 céntimos.
         Es evidente que le sobran o ha recibido de más la cantidad de 1.771,60 reales, que abona en este acto en efectivo, metálico a su hijo don José Branchat y Gómez Zamora, a quien servirán como primera partida de su adjudicación.
Haber del Licenciado D. José Branchat y Gómez Zamora

Por la dote de su difunta madre:             342.192
Por los bienes extradotales de la misma: 19:800
Por la mitad de gananciales:                        70.525__
Total:                                                              432.517
Bajado el quinto que importa:                     86.503__
Escrito que su haber liquido consiste:       346.013
Para cuyo pago se le hacen las siguientes adjudicaciones:
         En efectivo, metálico, la cantidad de 1.771,60 reales, que sobraron percibió de más en la adjudicación de su señor padre D. José Branchat y Valier, por quien se le ha hecho entrega.
         También se le adjudica la cantidad de 13.078 reales, el valor de las alhajas, inventariadas y tasadas.
         Así mismo se le adjudica la cantidad de 97.206 reales en que están tasados todos los muebles y efectos que resultan del inventario.
         Igualmente se le adjudicó la cantidad de 27.798 reales en que están tasados todos los semovientes que aparecen en el inventario.
Fincas
Nº 198 del inventario: Una viña de cabida de una aranzada que está en este término municipal y partido de los Majuelos de Negro; linda por saliente con otra de Manuel Campos Ruiz;  por Mediodía, con don Indalecio (…); por poniente, con don Manuel López-Cózar; y por el norte, con Francisco Hinojosa Ortiz; tasada en la cantidad de 1.360 reales.
200: Otra viña con cabida de media aranzada, en este mismo término y partido; linda por saliente con Dª. Dolores García; por mediodía con don Joaquín de Palma y Vinuesa; por poniente, con D. Gabriel Crespo Espejo, y por el norte, con la Cañada de (…); tasada en la cantidad de 560 reales.
201: Otra viña de media aranzada en este propio término y partido, la entrada de la Loma de (…); linda por saliente con otra de José Pérez Negro; por mediodía, con Bernabé de Raya; por poniente, con Miguel Sánchez Castillo; y por el norte. con D. Antonio Velasco Espejo; tasada en la cantidad de 800 reales.
         Estas tres fincas proceden de las aportación hecha a su matrimonio por la señora Dª Inés Gómez Zamora, quien las comprendió en su carta dotal, no se hallan inscritas en el registro de la propiedad y por lo mismo se han incluido para su inscripción.
204. 225. 229: Una suerte de tierra de secano con cabida de once fanegas y tres celemines, situada en el partido de las Erillas de este término con su era empedrada; linda por saliente con tierras de D. Nicolás Padial, vecino de Dúrcal; por mediodía, con otra de José Calero Palacios; por poniente el barranco del Carneril y parte de la haza, llamada la Treviña; y por el norte, con el camino que conduce desde las Erillas a la huerta del Licenciado. Esta finca, que se halla libre de todo gravamen, se compone de tres fanegas y tres celemines con la era que doña Inés Gómez Zamora aportó a su matrimonio como bienes dotales y no se halla inscrita en el registro de la propiedad, pero sí está comprendida en su formación posesional. Cinco fanegas que esta señora adquirió por legado que le hiciera doña Dionisia Morales por cuyos testamentarios le fue adjudicada el 6 de junio de 1860, según testimonio dado por el notario don José Mª de la Peña, de que se tomó razón el 14 de dicho mes y año en el libro octavo de rústicas, folio 71; y por último, tres fanegas que don José Branchat y Valier compró a don Juan Calvente, el 10 de febrero de 1858, por escritura ante D. Francisco García Dávalos, registrada en la antigua contaduría, con el folio 26 de dicho mes y año, en el libro 6º de fincas rústicas y toda esta finca se halla valorada en 46.200 reales.
207. 233: Una haza llamada la Viña, con cabida de 6 fanegas de tierra de secano y dentro de ella dos eras empedradas, situada en este término municipal y partido del Olivar y linda por saliente con tierras de don Juan Luis Trescastro; por mediodía, con la vereda que conduce al Olivar; por poniente, con la misma vereda; y por el norte, con el camino de Calderón. Esta finca, libre de todo gravamen, se compone de tres fanegas que fueron dotación del Vínculo fundado por don Juan Zamora Belmundo y doña Inés Gómez Zamora, como última poseedora; la consideró como bienes libres, incluyéndola en su carta dotal, no se encuentra registrada en la contaduría de hipotecas, pero sí se ha comprendido en el expediente de información posesoria. Las otras tres fanegas fueron Bienes Nacionales, las compró don José Branchat en subasta pública, según escritura que fue otorgada el 8 de octubre de 1849, ante el escribano don Francisco P.; se le tomó razón en la antigua contaduría de hipotecas en el folio 56 del moderno corriente de fincas rústicas; se halla esta finca libre de todo gravamen y tasada en 22.300 reales.
230: Otra haza de tierra de secano de cabida una fanega y nueve celemines llamada La Angosta, que está en este término municipal y partido del Olivar; linda por saliente con Miguel Pérez Mejías; por mediodía, con los herederos de Lucas Calvo Montosa; por poniente con la vereda que conduce al Olivar; y por el norte con tierras de don Juan Luis Trescastro. Esta finca perteneció también a Bines Nacionales y fue adquirida por don José Branchat, judicialmente con las tres fanegas de la haza de la Viña, por virtud de la escritura del 8 de octubre de 1849, cuya toma de razón queda explicada en la finca antecedente; se halla libre de todo gravamen y su valor consiste en 3.500 reales.



212; 213 y 240: Otra haza de tierra de secano llamada la Peña de la Liebre, con cabida de trece fanegas de tierra; linda por saliente con tierras de don Francisco de Sales Giménez; por mediodía, con tierras de Francisco Calvo y Martín y Dª Dolores Berter; por poniente y norte, con la colada de Delgado y tierras de Antonio Navarro Cabello. Esta finca, que se halla libre de todo gravamen se compone de dos fanegas llamadas la Rosa de la Peña, que la señora Dª. Inés Gómez, poseía y aportó a su matrimonio en concepto de bienes dotales, la cual no se hallan registrada, pero con objeto de obtener este requisito, se han comprendido en la información posesoria. Las restantes cuatro fanegas, fueron compradas por don José Branchat al Pósito Nacional de esta ciudad en subasta pública, según la escritura que le fue otorgada por una comisión del Ilustre Ayuntamiento el 13 de octubre de 1841, ante el notario don Francisco García Dávalos, de que se tomó razón en la contaduría de hipotecas el 14 del mismo mes y año en el cuaderno consistente de rústicas; se halla libre de todo gravamen y valorada toda la finca en 30.200 reales.
214;241: Otra finca de cabida de once fanegas situada en el campo de Dona de este término; llamada el Valor de Crespo; que linda por saliente con tierras de don Francisco Giménez Peña; por poniente, con F. Serrano Morales y doña Francisca Velasco Espejo; por mediodía, con el prado de los señores Giménez y norte con el camino de Vélez Málaga o de la Costa. Esta finca se compone de cuatro fanegas que la señora Dª. Inés Gómez Zamora aportó al matrimonio en concepto de dote. Está libre de todo gravamen y no se halla inscrita en el Registro de la Propiedad  y está comprendida en el expediente de información posesoria; está también la expresada haza de siete fanegas que Dº. José Branchat y Valier compró al Pósito Nacional de esta ciudad por virtud de la escritura del 13  de octubre de 184….; se halla valorada en 15.400 reales.
215: Otra haza, llamada la Ventilla, situada en este término y a la salida de Dona; linda por todos sus extremos con los calares de la Sierra de Júrtiga; se halla libre de todo gravamen y procede de la aportación de Dª Inés Gómez Zamora a su matrimonio y, no hallándose inscrito en el registro está comprendido en la información posesoria; su valor 800 reales.
216: Otra haza de cinco fanegas de tierra de secano llamada los Dientes de la Vieja; situada en este mismo término y partido de Dona; lindado por saliente con la vereda que va al cortijo del (…); por mediodía con tierras de D. Lucas Negro Cortés y doña Teresa Pacheco de Padilla; por poniente la sierra llamada Júrtiga; y por el norte, con el camino de Vélez Málaga; valorada en 13.600 reales, procedente de la finca anterior.
217: Otra haza, de una fanega y seis celemines, situada en el mismo partido de Dona, sitio de la Cañada del Doctor; linda por saliente y el mediodía con la misma cañada; y por norte y poniente, con terrenos incultos de la sierra de Júrtiga; está evaluado en 200 reales y tiene la misma procedencia que la  finca anterior.
218: otra haza, llamada el centenar y con cabida de dos fanegas y seis celemines, situada en este término y partido de Dona; linda por saliente, norte y mediodía con términos incultos de esta testamentaría y por poniente con tierras de don Manuel Velasco Crespo. Esta finca se halla libre de todo gravamen y esta valorada en 300 reales.
219: Otra haza de siete fanegas de tierra de secano, con sus tapias y pozo de agua dulce, llamada la haza del Pozo y (…) Vieja; linda por saliente con la servidumbre del cortijo del Doctor y calares del mismo; por el mediodía con calares del mismo cortijo y tierras de esta testamentaría; por poniente con la cañada de (…); y por el norte, con tierras de Antonio Martín (…); está tasada en la cantidad de 21.000 reales.
220: Otra haza de tierra de calares y matorral en la Loma de Dona y es nombrado del Doctor, de este término con cabida de treinta fanegas; linda por saliente con terrenos (…) propios de D. José Branchat y Gómez Zamora; por mediodía, otras tierras de Antonio Martín Calvo; por poniente, con las cumbres del Cerro del Doctor, mojonera de los terrenos comprados por don Miguel Castillo, en la sierra de Júrtiga; y por el norte, terrenos de don Francisco Velasco, don Juan Luis Trescastro y José Serrano; tasada en la cantidad de 1.200 reales.
222: Una casa cortijo llamado del Doctor y una era empedrada, el rodeo de la misma; situada en el partido de Dona; linda por saliente, poniente y norte con terrenos del cortijo y por mediodía con la casa cortijo de Antonio Martín Calvo; tasada en 7.200 reales.
221; 226 y 244: Un haza de dos fanegas y tres celemines de tierra de secano llamada la de la Era, porque tiene en su costado derecho una era empedrada; linda por saliente y se advierte que está en el partido de Dona, con tierras de los herederos de doña Ana Morales; por mediodía, con el Calar del cortijo; por poniente, con la vereda que conduce al mismo; y por el norte, con el camino que conduce a los Dientes de la Vieja. Esta finca se compone de la era solamente que, lo mismo que las fincas anteriores cuya procedencia no se ha aplicad, era posesión de doña Inés Gómez y Zamora que aportó a su matrimonio; nueve celemines que durante él adquirió por herencia de que su tío don Miguel Gómez, presbítero al fallecimiento de sor Inés Encarnación Morales que fue de ellos. Otras nueve celemines que don José Branchat y Valier compró el 22 de enero de 1856 a don Juan Morales Moreno y sus hermanos por escritura otorgada ante don Gonzalo Miguel Fernández; registrada en la contaduría el 4 de febrero del dicho folio 66, del libro 5º de rústicas. Y por último nueve celemines restantes los compró el mismo señor Branchat a la viuda María Morales Gómez el 7 de septiembre de 1855 por escritura otorgada ante el mismo notario Fernández; registrada el 8 de octubre del mismo año en la contaduría de hipotecas al folio 66, libro 5º de rústicas; están libres de todo gravamen y tasada en 4.000 reales.
227; 248: Otra haza, llamada el (…); de cabida de una fanega y seis celemines en el partido de Dona; linda por saliente con tierras de los herederos de Dª. Ana Morales; por mediodía, con la vereda que conduce a los Dientes de la Vieja; por poniente, con el camino de Vélez Málaga o de la Costa; y por el norte, con Manuel Rojas Cabello. Esta finca se compone de seis celemines que heredó doña Inés Gómez y Zamora Belmundo que heredó de su tío don Miguel Gómez, presbítero; otros seis que el viudo don José Branchat  compró a Juan Morales Moya y a sus hermanas y otros seis a Dª. Ana Morales según más extensamente va indicado en la descripción de la finca anterior. Está libre de todo gravamen y valorada en 600 reales.
228 y 245: Otra haza, llamada Hoya de Juan Corral, con cabida de una fanega y seis celemines; linda por saliente con el camino que conduce a la Costa; por mediodía, con Francisco Serrano Calvo y por poniente con la sierra de (…); y por el norte, con la Vereda; esta finca, que se halla libre de todo gravamen procede de los mismos títulos y conceptos expresados en las dos fincas anteriores, su valor 1.800 reales,
242: Una haza, llamada la del Florida en el campo de Dona; de cabida de cinco fanegas; linda por saliente con tierras incultas del cortijo del Doctor, de esta testamentaría y otras de labor de don Joaquín de Paula y Vinuesa; por mediodía, con el cerro del Doctor; por poniente, con la cañada del Doctor y parte del dicho cerro; y por el norte, con la haza del Pozo y Calares de la Alcaredera; esta finca, que se halla libre de todo gravamen, la adquirió don José Branchat por compra a Juan Rodrigo, el 7 de diciembre de 1842, por escritura otorgada ante el notario don Francisco García Dávalos, de que se tomó razón en la antigua contaduría de hipotecas con fecha 14 de dicho mes y año; está tasada en 4.000 reales.
243: Otra haza, de una fanega y seis celemines de tierra en el mismo partido de Dona; llamada (…) de Crespo de don Francisco Jiménez Peña; por mediodía, con tierras de María del Carmen Velasco; por poniente, otras del mismo Giménez Peña; por el norte, con las tierras de los herederos de doña Ana Morales; libre de todo gravamen y la adquirió don José Branchat el cinco de octubre de 1859 por compra a Miguel Morales Moreno y en virtud de escritura otorgada ante el notario don Manuel Calvo y Martín de que se tomó razón  en la antigua contaduría con fecha del 19 del dicho mes y año; al folio 103 del libro 6º de rustica tasada en la cantidad de 800 reales.

247: Una casa marcada con el número 20 duplicado que situada en esta ciudad y sitio del Callejón que hace rincón; linda por su derecha con otra de Juan Barrientos Moreno; izquierda, otra de Juan Pérez Jiménez; y espalda, con el tajo. Es finca que se halla libre de todo gravamen, la adquirió don José Branchat por compra a don Juan Velázquez Valverde el 16 de diciembre de 1846 de que se tomó razón en la antigua contaduría el 24 del dicho mes al folio 255 del libro de urbanas; tasada en 1.100 reales.
223: Una casa marcada con el número 19 que situada en esta ciudad y calle del Callejón; linda por su derecha entrando con otra de Juan Barrientos Moreno; a la izquierda, con otra de doña María del Carmen Morón; y espalda, del tajo; tasada en la cantidad de 30.1140 reales.
224: La mitad de una casa marcada con el número 53, situada en esta misma ciudad y su calle Caño Wamba o continuación de la calle Llana que toda ella linda por su derecha con otra llamada Cobertizo de Vallarta y esquina de la callejuela de Garcés; izquierda, con casa de Juan Naveros Sánchez; y espalda con otra de don Sebastián Naveros. Esta mitad de casa procede de la Vinculación fundada por don Juan Zamora Belmudo, de que fue última poseedora, doña Inés Gómez Zamora y, dividida por la mitad, se agregó una de ellas que es de la que se trata a la expresada señora como mitad libre y por lo mismo la aportó a su matrimonio e incluyó en su carta dotal, juntamente con las casa que en la partida anterior se ha adjudicado; de suerte que la otra mitad de casa pertenece a la mitad reservable y las habitaciones de una y otra mitad se alindan mutuamente; todas ellas están libres de gravámenes y no hallándose registrada, está comprendida en el expediente posesorio de que va hecha mención, estando tasada, dicha mitad en la cantidad de 9.590 reales.
         Y finalmente se adjudica a este interesado la cantidad de 990 reales que es parte  del capital de un censo de 2.200 reales impuesto sobre una casa propiedad de José Crespo Espejo y Manuel Rojas Fernández, situada en esta ciudad y en el Caño Wamba; linda por su derecha con otra de Juan Pedro Ruiz Frías; a la izquierda, con otra casa de José Santander Crespo y espalda con corrales de Lucas Ramos Aranda y otros vecinos; todo el capital de censo procede del Vínculo ya referido y los 990 reales que se adjudican correspondieron a la parte libre de Dª. Inés Gómez Zamora; no se halla inserto y por lo mismo se ha comprendido en la información posesoria.
199: De la misma suerte se le adjudica una viña de una aranzada, llamada de las Igualadas, partido de las Majuelas de Negro; linda por poniente con doña Dionisia Calvo; por mediodía, con Juan Frías Villegas; por saliente, con los herederos de Pedro Martín Labandera; y por el norte con la Dionisia Calvo; fue comprada por don José Branchat a la testamentaria de don Alonso Ygualada y Dª. Isabel Negro, el 6 de febrero de 1848 ante don Sebastián Naveros, registrada al folio 49 vuelto del libro de inmuebles y está tasada en 630 reales.


        
 Importan los bienes adjudicados a este interesado la cantidad de 358.213,60 reales, con los cuales queda satisfecho de su legítima materna que como va indicado importa 346.000,60 y juntamente lleva bienes suficientes para cubrir los 12.200 reales que importan las deudas que existiesen contra el caudal de cuyo pago queda encargado éste,  su heredero, según va indicado en las preliminares.
Declaraciones y descripción de las fincas que corresponden a D. José Branchat y Gómez Zamora en concepto de la mitad reservable del Vínculo fundado por don Juan Zamora Belmudo.
         Un haza de tierra de secano con cabida de cuatro fanegas, todas ellas puestas de olivar; conocida por la haza de Gabanes o del Peñón de Pleito; situada en este término municipal y partido del Callejón; linda por saliente con el camino de la Hoz, el puente y el barranco del Callejón; por mediodía con tierras de don Juan Hinojosa Almenara; por poniente con el tajo y por el norte con el camino y puertas que da vista a la calle. Está libre de todo gravamen y tasada en la cantidad de 10.000 reales.
         Otra haza conocida por la Balaneja, con cabida de ocho fanegas (…); linda por saliente con el puente viejo del baño y el camino viejo; por mediodía, con el mimo camino y haza de don Lucas Raya Trescastro; por poniente y norte con este último y con don José de Toledo y Muñoz; está libre de todo gravamen y tasada en 1.500 reales.
         La mitad de una casa marcada con el número 53 que está situada en esta ciudad en la calle Caño Wamba a continuación de la calle Llana; linda esta mitad de casa en todas sus habitaciones con la otra mitad que perteneció a doña Inés Gómez Zamora, como libre que se ha adjudicado a su hijo don José Branchat y Gómez Zamora y toda la casa linda por su derecha con otra casa llamada el Cobertizo de Vallartas y esquina de la callejuela de Garcés; a la izquierda con otra de Juan Naveros Sánchez y espalda con casa de don Sebastián Naveros; esta mitad de casa encuentra muy deteriorada y su valor consiste en 2.000 reales de vellón.


         
       Y últimamente le corresponde la cantidad de 1.210 reales como parte de un censo de 2.200 reales impuesto sobre una casa propia de don José Crespo Espejo y don Manuel Rojas Cabello, situada en esta ciudad y en el Caño Wamba; linda por su derecha con otra de Juan Pedro Ruiz Frías; por la izquierda, con la calle Llana; y espalda, con los corrales de Diego Ramos Aranda y otros vecinos.
         Importan las fincas y parte de censo que constituyeron la mitad reservable de la Vinculación fundada por D. Juan Zamora Belmudo, la cantidad de 14.710 reales, y habiendo recaído dicha mitad reservable en don José Branchat y Gómez Zamora como hijo legítimo de la última poseedora que fue doña Inés Gómez Zamora, es visto que las expresadas dos fincas y parte de como quedan absolutamente libres de don José Branchat y Gómez Zamora, como dicen en pleno dominio.

         
Termina de este modo (…) declaración de intenciones y reconocimiento de lo realizado. Testigos y firmas.