miércoles, 25 de octubre de 2017

pleito Granada Arzobispado

Puerta de Santa Ana. Vaticano

PLEITO 

ROMA - GRANADA - ALHAMA

"Esta gran conquista de la democracia griega,
 este derecho de prestar testimonio, 
de oponer la verdad al poder,
 se constituyó a través de un largo proceso nacido en Atenas.
Este derecho a enfrentar una verdad sin poder a
un poder sin verdad..."
(Michel Foucault).

         En Granada, a 16 de enero de 1665, ante el doctor Jerónimo de Prado Verastegui, canónigo y vicario General de esta diócesis de  Granada, presenta la siguiente petición de querella:
*Don Antonio Torres, Fiscal General de este Arzobispado, se querella contra:
         Don Manuel de Orihuela Urbita y don Fernando de Vergara Cabeza, presbíteros, naturales y vecinos de Alhama de Granada.
Expone el fiscal que:
-estando prohibido, especialmente desde el Concilio de Trento que ningún eclesiástico puede ordenarse de Órdenes Mayores sin permiso del prelado que fuese su superior.
-los susodichos faltando a estas obligaciones se fueron en el mes de abril del año pasado de 1664 a la ciudad de Roma, donde cautelosamente falsificando despachos que no tenían, se ordenaron de Órdenes Mayores.
Catedral Granada

Manda el fiscal:
         -recibir información sobre los susodichos.
         -que se les detenga.
         -que se les embarguen los bienes.
El día 17 de enero de 1665, yo, el presente Notario Apostólico y Público, de este arzobispado, Manuel de Mesa, salí para Alhama para cumplir con el Auto. (Llegó el mismo día, y así lo hace constar).
Un cura en Roma

En Alhama el 18 de enero de 1665:
         Yo, el notario, recibí juramento de varios testigos:
 1º.- Testigo: Mateo Gallego Salinas, vecino de Alhama y Alguacil Fiscal de la iglesia Mayor, prometió decir la verdad.      Dijo que:
-conoce a Manuel de Orihuela y a Fernando de Bergara, desde hace más de 20 años.
-los susodichos quisieron ordenarse en Granada, pero no lo consiguieron.
-hace 10 meses y a los pocos días de su ausencia de esta ciudad, se dijo públicamente en ella cómo los dichos licenciados iban camino de Roma con el objeto de ordenarse de Sacro y que llevaban despachos para ello.
-los susodichos estuvieron por Roma más de seis meses y hace dos que volvieron.
-ha oído decir que vinieron ordenados de Roma y que de ello traen sus despachos.
-este testigo no los ha visto celebrar el Santo Sacrificio de la Misa; ni tiene noticia que se hayan servido del dicho orden Sacro; pero que los ha visto andar con sus hábitos largos y corona abierta como los demás sacerdotes que hay en esta ciudad.
Giordano Bruno; la justicia, en sus excesos, se transforma en injusticia.
2º.-Testigo: Juan Pérez de la Toda, Regidor de Alhama. Dijo que:
         El día 1 de marzo de 1664, Manuel Orihuela Urbita y Fernando Bergara Cabeza se ausentaron de esta ciudad para ir a Roma con el objeto de ordenarse y para ello se llevaron: partidas de bautismo, escrituras de patrimonio, así como informaciones de legitimidad y limpieza de sangre.
         Este testigo es uno de los instrumentales que participaron en los testamentos que hicieron por si fallecían en el camino y todo esto se hizo ante el escribano de Alhama Martín Villarraso y estuvieron de viaje hasta que el día 3 ó 4 de octubre de 1664 llegó a esta ciudad sólo don Fernando de Bergara y le preguntaron que dónde estaba Manuel de Orihuela Orbita, a lo que respondió que se quedó enfermo en un hospital de Alicante.
         Este testigo dice que Fernando Vergara y Cabeza les contó que se habían ordenado en la ciudad Sarno en el Reino de Nápoles; que luego que vino de Alicante Manuel Orihuela Orbita lo que narró de su viaje concordaba con el relato de Fernando Vergara.
3º.-Testigo: Juan Gallego de Falias, presbítero. Dijo:
         Que los susodichos, Manuel y Fernando, le dijeron que iban a Roma a visitar los santuarios y que si había posibilidad de ordenarse se ordenarían.


A veces la arquitectura refleja la Belleza de Dios; a veces los hombres reflejan la fealdad del mal... Catedral Granada.
4º.-Testigo: Jacinto Megías y Baños, presbítero. No aporta nada nuevo.
5º.-Testigo: Martín Villarraso Cabello, Regidor y Escribano de Alhama.
6º.-Testigo: Jesús de Arroyo, Regidor de Alhama. (Este testigo y el anterior no aportan nada que no haya sido dicho con anterioridad).
         El 19 de enero de 1665, el notario, estando en la casa de la morada del licenciado don Fernando de Vergara, embargó por bienes: muebles y cuatro cosas (el documento especifica cada cosa embargada); igual se hizo en el caso de don Manuel de Orihuela y Urbita.
         Ambos presbíteros son encarcelados en la cárcel eclesiástica de Granada, pero se dice que ahí están muy libres y se piden sean llevados a la cárcel pública; así se hace.
Roma
Declaración de Fernando de Vergara y Cabeza, beneficiado y vicario, presbítero, de esta ciudad de Alhama,  abuelo paterno del reo y del también presbítero don Fernando de Vergara y Cabeza.
         El declarante, abuelo del reo, se casó, y una vez viudo se ordenó presbítero; de su hijo había nacido don Fernando Vergara, el reo. El reo, su padre y su abuelo tienen el mismo nombre y apellidos.
         El declarante, abuelo del reo, dice que es hijo de don Fernando Guevara y Cabeza y de doña Petronila Velázquez de Soto, vecinos que fueron de Alhama de Granada.
         El declarante dice que estuvo casado con doña María Ramos de la Toda, en quien tuvo un hijo legítimo llamado Fernando Vergara y Cabeza, vecino de Granada, el cual, en una señora doncella, cuyo nombre desea callar por la mucha nobleza de su sangre, tuvo un niño a quien desde su nacimiento, cuidó y dio estudios como a su nieto y porque en todo tiempo contó la verdad de este hecho y el dicho su nieto no padezca perjuicio.

         Continúa el declarante: “En total ignorancia de sus mayores y otros incómodos que pudiera serlo al estado de su vida, suplico a V.m. mande hacer información de lo aquí referido y hecha se me dé uno o dos o más tantos de ella en pública forma”. Firma don Fernando de Vergara Cabeza.
Testigos que aporta el abuelo:
1º.-Tetigo: Juan Luis del Pozo, de más de 40 años de edad, cura de la Iglesia Mayor de Alhama, del cual se recibió juramento; dijo:
         Que conoce al licenciado vicario y beneficiado, don Fernando de Vergara Cabeza, que casó con doña María Ramos, en la cual tuvo como hijo legítimo y natural a don Fernando Vergara y Cabeza, vecino de Granada, del cual ha oído decir que tuvo un hijo natural con una doncella de Granada, que este hijo es don Fernando de Vergara y Cabeza; que sabe que desde muy pequeño, dicho señor vicario, lo ha tenido alimentándolo y criándolo de todo lo que ha sido necesario, por ser nieto del susodicho vicario y como a tal se ha tenido y estimado; al cual le ha dado estudios y escuela y lo ha tratado y comunicado como a tal su nieto. Y el dicho señor vicario es hijo y de legítimo matrimonio del licenciado don Fernando Vergara Cabeza y de doña Petronila Velázquez de Soto, vecinos de Alhama.
2º.-Testigo, Pedro de Zúñiga Sotomayor, presbítero cura de la Iglesia Mayor de Alhama. (Afirmó lo mismo que el anterior).
3º.-Testigo, Luis García Villarraso, Regidor de Alhama. (Dijo lo mismo que los antecedentes).
4º.-Testigo, Diego Ramos Montenegro, Regidor de Alhama. (Dijo lo mismo que los anteriores).
5º.-Testigo, Luis Garcés de Medrano, Regidor de Alhama. (Dijo lo mismo que los anteriores).
6º.-Testigo, Juan Guzmán Quesada, Teniente Corregidor y vecino de Alhama. (Lo mismo que los antecedentes).
7º.-Testigo, Pedro Venegas Carrillo, Regidor de Alhama. (Igual que los anteriores).
8º.-Testigo, Pedro Maldonado Zalazar, Caballero de Calatrava y Regidor de Alhama.
         Afirma lo mismo que los anteriores, pero además dice que don Fernando de Vergara Cabeza, beneficiado de Alhama, tiene en su nieto don Fernando Vergara Cabeza, el reo, como único nieto y heredero. Así mismo dice que una persona de confianza sacó al niño cuando nació, llevándolo a otro lugar donde pasó un tiempo hasta que lo trajeron a Alhama.
9º.-Testigo, Jerónimo de Meneses Aguilera.
         Afirma que:
         -conoció al vicario y beneficiado don Fernando de Vergara y Cabezas desde que enviudó de doña María Ramos.
         -el vicario es un hombre de muchas letras y mucha autoridad.
         -el testigo afirma que conoce a la doncella de quien nació el nieto del beneficiado de Alhama, así como a su abuelo materno y a un hermano de éste que es Caballero del hábito de Santiago, vecinos todos de Granada.
         -don Alonso de Arroyo y Aguilera, colegial del colegio Imperial de Granada y capellán real de la Capilla Real, fue el encargado de traer al niño a Alhama, a la casa del beneficiado, abuelo paterno del niño.
         -el capellán real es pariente del presente testigo, y éste le dijo que la madre era de mucha nobleza, que era de los Ilustres de Andalucía.
10º.-Testigo, Alonso de Arroyo, beneficiado de la Iglesia Mayor de Alhama. (dijo lo mismo que el primer testigo, sin detalles).
11º.-Pedro de Porras, religioso de Nuestra Señora del Carmen de Alhama. No añadió nada nuevo.
12º.-Salvador de Arta Chavarria, vecino y beneficiado de Alhama, no dijo nada nuevo.
Confesión del encausado, el presbítero don Fernando de Vergara y Cabeza.
         En la cárcel pública de la ciudad de Granada, el 19 de enero de 1666, el presente rector recibió juramento en forma de derecho de un hombre preso en dicha cárcel; por esta causa, el cual, poniendo su mano sobre su pecho, juró y dijo que es de estado presbítero, prometió decir la verdad; respondió a las siguientes preguntas:
1.-Preguntado cómo se llama, qué edad y estado tiene y de dónde es vecino. Respondió:
         Que se llama licenciado don Fernando de Vergara y Cabeza; que es clérigo, presbítero; natural y vecino de Alhama; que tiene 26 años.
2.-Preguntado si sabe la causa de su prisión. Respondió:
         Por haberse ordenado de Órdenes de Sacro en el Reino de Nápoles.
3.-Preguntado si es verdad que por los primeros días del mes de marzo del año pasado de 1664, el confesante, acompañado del licenciado Manuel de Orihuela y Orbita, en contravención del derecho, con especial contradicción con el Santo Concilio de Trento y huyendo de su domicilio y fuero, hicieron viaje desde su ciudad de Alhama a la de Roma con el objeto de ordenarse de Órdenes Mayores y hasta de Orden de Sacro. Con efecto, fueron ordenados en la ciudad de Sarno, del Reino de Nápoles, por el señor obispo de Sarno, obispados e Iglesias más allá de la ciudad de Nápoles, que dicho señor obispo se llama don Antonio Mateo. Respondió:
         Niega la pregunta en la forma que le ha sido hecha;  que lo que pasó en los primeros días del dicho mes de marzo fue que el confesante y el licenciado Manuel de Orihuela y Orbita  salieron de la ciudad de Alhama con el objeto de ir en romería a la ciudad de Roma y cumplir una promesa que tenían hecha y por ello llevaron Cartas Recomendatorias de su merced, el señor Provisor y Vicario General de este Arzobispado, hechas ante don Diego Altamirano, Notario Mayor; y por lo que pudiese suceder, por si se quedaban por aquella tierra, llevaron informaciones de limpieza de sangre, ya que estaban libres y solteros para poder tomar cualquier estado, y que así mismo, dice el confesante, llevó escrituras de patrimonio y de hecho, otorgaron testamento cerrado, y por último reseñar que fueron a dicha Romería con hábito de peregrinos. Habiéndose llegado a dicha ciudad de Roma, cumplieron la promesa, y estando ya para venirse para España y a la dicha ciudad de Alhama, entraron en el Hospital del señor Santiago de dicha ciudad de Roma, donde el confesante y su compañero encontraron a dos mozos estudiantes que dijeron eran de la ciudad de Andújar, obispado de Jaén; habiéndose trabado conversación, les dijeron como tratan de ordenarse y lo hallaban imposible por no tener Reverendas de su prelado para ello y a este tiempo llegó a la conversación un clérigo, así mismo español, y les dijo que no tuvieran cuidado de no haber tener Reverendas porque él tenía en Roma quien las hiciera como se lo pagaran y los susodichos vinieron en ello y aconsejaron al confesante y al dicho su compañero se ordenasen, también que por razón de las Reverendas no se incurría sino en una suspensión, según les había declarado el dicho clérigo de cuyo nombre no se acuerda el confesante sólo se acuerda que se iba a la iglesia del Hospital de Santiago ordinariamente; con que el confesante y el dicho su compañero le dieron al dicho clérigo un doblón de a cuatro pesos por que le diesen las dichas Reverendas y para ellos, el confesante y dicho su compañero le dijeron el nombre de su señoría ilustrísima el arzobispo de Granada, mi señor, y por no acordarse del nombre del Secretario del Arzobispado, dijeron que se llamaba Cristóbal que fue el primero que se acordaron con lo cual el susodicho les trajo luego las dichas Reverendas y también a los dichos estudiantes que uno de ellos se llamaba don Juan Luis de Morales y el otro Manuel Palacios de Alba, vecinos que dijeron eran de Andújar.
         Así, los cuatro acudieron a la Dataría de su Santidad y sacaron por orden de un curial extratémporas para poder ordenarse en tres días y para conseguirlo con más facilidad, y puesto que en Roma y en todo su partido no se pasan las Reverendas españolas si no van refrendadas por el Nuncio de su Santidad, fueron al Reino de Nápoles y en la dicha ciudad de Sarno presentaron todos sus despachos ante su ilustrísima señor don Antonio Mateo, obispo de la dicha ciudad y, después de haber visto los documentos fueron examinados por su persona con asistencia de varios canónigos de la Iglesia y los aprobó en un día sábado y el domingo y el lunes y martes siguientes a Pentecostés, los ordenó de todas las Órdenes Mayores, hasta Orden de Sacro, de lo que despachó títulos en forma y derecho, por y ante don Bernardino de Stefano, escribano de dicha ciudad de Sarno, los días primero, segundo y tercero de junio de 1664 y con los susodichos salimos de la ciudad de Nápoles, desde donde se apartaron, el confesante y su compañero de los dichos licenciados don Juan Luis de Morales y don Manuel Palacios de Alba diciendo se iban a su tierra. Y por los primeros días del mes de julio, el confesante y su compañero se embarcaron en una galera de Génova, y desembarcaron en la ciudad de Génova. Luego se vinieron por tierra , por la costa de Francia, y el día 4 de octubre del dicho año llegó el confesante a la dicha ciudad de Alhama, donde al cabo de un mes llegó, así mismo, el licenciado don Manuel de Orihuela Urbita, pues se había quedado enfermo en el camino, que esto es lo que responde.
4.-Preguntado si es verdad que para conseguir las dichas órdenes, el confesante hizo y supuso Reverendas y Recomendatorias y otros papeles y despachos falsos.
Respondió que niega la pregunta y que dice lo que tiene dicho en la antecedente.
5.-Preguntado diga y declare qué causa y motivo tuvo el confesante para que, faltando a sus obligaciones, huyese de su fuero y domicilio para ser ordenado de las dichas órdenes, debiendo recibirlas de su prelado, causando con lo referido muchos inconvenientes y daños por ser en grave perjuicio de la jurisdicción ordinaria eclesiástica de este arzobispado.
         Respondió que en su ánimo no estaba negar al arzobispo de Granada su potestad y jurisdicción; que fue a Roma de Romería, como se ha dicho.
6.-Preguntado si en virtud de dichos títulos de órdenes ha celebrado el Santo Sacrificio de la Misa.
         Responde que niega la pregunta como en ella se contiene y que no ha celebrado el sacrificio de la misa.
Comienza el interrogatorio a Manuel de Orihuela y Orbita.
-Las mismas preguntas y las mismas respuestas, excepto:
         -que tiene 29 años.
         -que él ya estaba ordenado de menores cuando fue a Roma.
Se aportan tres documentos: partida de bautismo; los interrogatorios que se realizaron para ordenarse de menores y copia del testamento de su tía abuela María Villén (o Guillén), viuda de Bartolomé de Peralta.
Partida de Bautismo: se bautizó en Alhama, el 12 de mayo de 1636; hijo de don Diego de Orihuela y de su mujer Lucía de Peralta Montosa; fueron sus padrinos Juan Martínez e Isabel de Orihuela.
Interrogatorios realizados para las órdenes menores:
El contenido de los interrogatorios muestra que no hay inconveniente para recibir los las órdenes, incluyendo los patrimoniales, dentro de estos últimos, se incluye una capellanía creada por su tía abuela María Villén, de ahí el que se aporte el testamento de ésta.
Testamento de doña María Villén:
         -Mando a doña Cristobalina, hija de Rodrigo Garcés de Medrano y de doña Ana de Zamora Bermúdez, una viña.
         -Mando por el mucho amor y voluntad que le tengo a don Manuel, hijo de Lucía de Montosa, mi sobrina, mujer de Diego de Orihuela, una casa que tengo cerca del Cobertizo de Vallartas, que linda por una parte con casas de don Agustín de Olaria y por la parte alta con casas de don Juan Zamora Bermúdez; así mismo le mando los réditos de dos censos para que con las ganancias de los censos y de la casa se me digan 20 misas cada año.
         Si Manuel Orihuela no se ordenase o muriese, debe pasar la capellanía a los hijos y descendientes de Rodrigo Garcés de Medrano y de doña Ana de Zamora Bermúdez; si éstos faltasen, a los hijos y descendientes de don Luis Garcés de Medrano.
         -Deja como herederos universales a Diego de Orihuela y a su mujer Lucía de Montosa y Peralta.
         El testamento se hizo ante el escribano de Alhama, don Juan Ramírez de Aguilera Meneses, en 1647.
Sentencia:
         Se les condena a ambos una vez que salgan de prisión a:
                   -Diez años de exilio.
                   -Excomunión Mayor.
-Escribir sus nombres en la tablilla de excomulgados en la puerta de la iglesia de Alhama.
                   -4.000 reales de multa.
                   -Pagar las costas de todo el proceso.
                   -Si incumplen la condena, lo serán al doble.
Días después de la Sentencia.
         Tras la sentencia, salen de la cárcel; en lugar de cumplir con la condena marchándose al exilio, caminan hacia Alhama donde se instalan.
Meses más tarde vuelve a llegar al Arzobispado de Granada, otra denuncia contra ellos dos; en esta ocasión se dice que viven como quieren y que son un escándalo para la gente.
Se constituye otra comisión para que investigue; llegada ésta a Alhama el 5 de agosto de 1666, se dirige a la casa de Manuel Orihuela Urbita; encontrando la puerta cerrada y no obteniendo respuesta de nadie se dirigen a los vecinos que le dicen que lo han visto a él y a Fernando de Vergara Cabeza salir en sendos caballos en busca de un toro, pues en la tarde de del 6 de agosto habrá una corrida en la ciudad.
         El día siguiente, seis de agosto, se acercaron de nuevo a la casa de Manuel Orihuela; no encontrándolo, se dirigieron a la casa de sus padres encontrando en ella a Diego de Orihuela, padre de Manuel, el cual le dijo que no sabía dónde se podría encontrar. Entonces se dirigieron a casa de Juana y de Antonia de la Toda y, no encontrándolos, comienza la comisión a realizar una nueva investigación a base de interrogatorios; en esta ocasión llaman a declarar a gente no hidalga.
1º.-Testigo: Juan de Torres, maestro espadero y vecino de esta ciudad que dice que:
                   -conoce a los dichos Manuel de Orihuela Urbita y a Fernando Vergara Cabeza desde hace catorce años.
                   -sabe que estuvieron presos en la cárcel pública de Granada.
                   -salieron de la cárcel no sabe en qué conformidad.
                   -los ha visto vestir a veces con hábito corto; otras, con el largo.
                   -el licenciado Urbita tiene una casa donde asiste y en ella se juntan gentes de toda esfera, por ser casa de conversación donde se juega al rentoy, a la ocha y a las pintas; lo que sabe del vino que gasta lo trae de casa de Juan de Soto, sacando el dicho Urbita los baratos y lo que gana poniendo las barajas; por ser casa de juego pública de día y parte de noche, de lo que se originan algunos disgustos y echar juramentos y esto es lo que sabe.
2º.-Testigo: Juan Bolaños. ( Afirma lo mismo que el anterior).
3º.-Testigo: Gregorio de los Ríos, oficial de zapateros.
                   -Éste además de afirmar lo mismo que los testigos anteriores dice que en esa casa se juega a los naipes y que asisten tanto caballeros como otro tipo de gente a jugar.
4º.-Testigo: José Sánchez de Ríos, maestro tundidor.
                  -La declaración de José Sánchez, siendo coincidente con los testimonios anteriores, los completa con algunos detalles; así pues, dice que una noche hubo un disgusto en el que se tiraron las sillas y un candelabro, los unos a los otros, al tiempo que gritaban muchas voces, a las cuales acudió el licenciado Diego de Baca, diciendo si no se apaciguaban, a lo que respondió Manuel de Orihuela que quién lo metía en esto, al tiempo que apagaban las luces y, aunque se acabaron las voces, no pudo ver nada por la falta de luz.
Final de la historia:
         El 8 de febrero de 1667, ante el señor Jerónimo Prado, Provisor de Granada, se presentó don Fernando de Vergara Cabeza, presbítero, vecino de la ciudad de Alhama y residente en Lucena donde está cumpliendo el destierro, en casa del licenciado don Martín Cortés Hurtado, presbítero, comisario del Santo Oficio, solicita se le suspenda la condena.
         El 14 de marzo de 1667, Manuel de Orihuela Orbita, solicita, también que se le suspenda, pues está cumpliendo el destierro en la villa de Albaida, obispado de Málaga, y que se quite su nombre de la tablilla de los excomulgados.
         Antes de conseguir la reducción de la condena tendrán que rebajarse de varias maneras, así como invocar la intervención del Nuncio.
Ante el Nuncio de su Santidad en Madrid.
         “En la ciudad de Granada, a quince días del mes de febrero de mil seiscientos y sesenta y seis años, estando en la Cárcel Real de esta ciudad, siendo hora de las tres de la tarde, poco más o menos, ante mí, el escribano y testigos sotoescritos, los licenciados: don Fernando de Vergara y Cabeza y don Manuel de Orihuela y Orbita, presbíteros, vecinos de la ciudad de Alhama, de este Arzobispado; dijeron que hace más de trece meses que están presos en la cárcel, por mandato del señor doctor Jerónimo de Prado Verategui, canónigo de esta iglesia, provisor y vicario de este arzobispado por pretenderse fueron a ordenarse a la ciudad de Roma y que para este efecto supusieron Reverendas del ilustrísimo don José de Argaiz, arzobispo de esta ciudad, con las que se ordenaron y que el dicho don Fernando de Vergara no presentó ante el dicho arzobispo un boleto que obtuvo del señor Nuncio de su Santidad de habilitación y lo demás en el pleito contenido en el que es llegado tiene noticia de los otorgantes que por el dicho señor provisor se ha pronunciado sentencia por la cual les suspende de poder celebrar y a don Fernando le declara por irregular y lo demás contenido en la dicha sentencia la cual se les ha de notificar y  eximiéndose que si no la (…) han de permanecer en prisión mucho tiempo en el (…) que se sigue la apelación en que esperan se les haga grandes extorsiones como se les han hecho en el tiempo de la dicha prisión que en mayo no les quiso admitir el que estuviesen padeciendo grandes incomodidades de falta de salud y otras, por lo cual y para redimir las dichas vejaciones y muchas que padecen, tienen tratado de consentir la sentencia para salir de la dicha prisión porque su ánimo es apelar de ella y seguir el juicio de la apelación y para que el consentimiento que tuvieren no les pueda producir perjuicio desde luego protestan, reclaman y contradicen el dicho consentimiento para que ahora ni en tiempo alguno no les pueda pasar perjuicio porque su ánimo es apelar de la dicha sentencia y seguir la dicha apelación ante quien convenga porque el hacer la dicha aceptación es forzado por redimir la vejación que padecen y de como así lo piden por testimonio de los presentes siendo testigos don Jerónimo de Castro Villapadrerna, Antonio Fernández de Castilla y el maestro don Jacinto de Villalobos, presos en dicha cárcel. Don Fernando de Vergara y Cabeza y don Manuel de Orihuela Urbita. Ante mí, doy fe conozco a los otorgantes, Juan de Morales.”
         “Juan Francisco de Villacampa en nombre de don Fernando de Vergara, presbítero, vecino de la ciudad de Alhama diócesis de Granada.
         En el pleito y causa con el fiscal eclesiástico de la audiencia Arzobispal. Digo que mandados ver estos autos se hallará haber probado mi parte su intención y lo que le comunico con muchos testigos fidedignos, personas peritas y de mucha autoridad. Y en especial prueba conclusivamente que por haberse ordenado con dimisorias supuestas de todas las órdenes mayores sólo incurrió en una suspensión temporal a la voluntad de su ordinario y que después de un año y aun de menos tiempo lo pueden absorber y que esta es la más común y verdadera opinión y práctica en los tribunales eclesiásticos lo que concluyen constantemente dichos testigos tan peritos, conocedores y fidedignos. A la segunda pregunta y entre ellos el licenciado don Martín Cortés Hurtado, presbítero comisario del Santo Oficio de la Inquisición de Córdoba refiere de vista dos ejemplares que pasaron por sus manos en los propios términos de este pleito y se reducen a que los licenciados Ariselos Moyano, vecino de la ciudad de Lucena y el licenciado Jimena, vecino de Arjona se ordenaron en Roma o en otro lugar de la Italia con dimisorias falsas y supuestas, y vio dicho testigo que, siendo obispo de Córdoba don Cristóbal de Lobera, doctísimo canonista y que tenía esta fama y que había sido muchos años juez en la Sacra de la Rota, muy virtuoso y de ejemplar vida y versado en estos negocios por la práctica de la Curia Romana, impuso solamente de pena al dicho Ariselos Moyano tres meses de suspensión y reclusión en la Iglesia de San Mateo de dicha ciudad, siendo como era mucho mayor su culpa pues no solamente se había ordenado con las dimisorias falsas, sino treinta días antes de cumplir con la edad. Y que el dicho licenciado Jimena sólo le impusieron otros tres meses de suspensión en el obispado de Jaén. Lo mismo depone el licenciado Juan de Nieva; y el licenciado don Juan Cortés Hurtado, abogado de la Chancillería de Granada depone de vista otro ejemplar de que, en su tiempo, el licenciado Contreras se ordenó con Reverendas supuestas y el obispo de Córdoba le impuso sólo seis meses de suspensión y después de ellos celebró y vio dicho testigo. Y así mismo es cierto y sin duda que la Bula de la (…) de Urbano VIII, expedida el años de 1624, no está en uso en los Reinos de Castilla, ni se esta practicando ni practica y la resiste el uso y estilo contrario de los tribunales (…).
         Y en la misma forma prueba ser sin duda requiero al señor arzobispo que fue de Granada con el Buleto que ganó del Nuncio de su Santidad, lo que motivan los testigos con razones muy concluyentes, pues habían ganado…”
         A pesar de todo esto, del Buleto del nuncio, de la defensa, el arzobispado de Granada no aceptó nada. Al final, después de muchos sufrimientos e injusticias cometidas por el Arzobispo de Granada, se les impuso una pena consistente en celebrar como diáconos durante varios meses en una iglesia, sin poder ejercer como presbíteros en ese tiempo.

 Pleito en Alhama Caja 73-F (B)

No hay comentarios:

Publicar un comentario