miércoles, 5 de agosto de 2015

huetor tajar guerra civil

Guerra Civil Huétor Tájar 

         El 19 agosto 1936 las tropas nacionales entran en Huétor Tájar; estas fotos antiguas fueron tomadas en Huétor, por el fotógrafo del periódico Ideal y publicadas por el mismo.

Guerra Civil Huétor Tájar
foto antigua

Huétor Tájar Guerra Civil
fotos antiguas

"NAVARRETE MEDINA SOLDADO DE ARTILLERÍA Y SECRETARIO DEL JUEZ (…) EJECUTORIAS NÚMERO DIEZ DEL QUE ES JUEZ EL COMANDANTE DE ARTILLERÍA DON MIGUEL ÁLVAREZ ROSA.-

CERTIFICO: que la causa Num. 3588 seguidos contra MIGUEL ESPEJO LOBATO, aparecen los Decretos que, copiados literalmente dicen así. (…) manifestación fiscal. F011054 Exemo sr. El Fiscal Jurídico Militar en conformidad con los artículos 542 y 656 del C. de J.M. calificados provisionalmente en los siguientes términos.

Miguel Espejo Lobato
-PRIMERO: El procesado Miguel Espejo Lobato vecino de Huétor Tájar, afiliado a la U.G.T. e interventor por el Frente Popular en las elecciones de febrero de 1936 no consta cometiera desmanes durante el dominio rojo, pero huyó a la liberación del pueblo de su vecindario, a la zona roja donde prestó servicio en el Ejercito marxista. –se le señala en un informe por haber sido Concejal del Ayuntamiento y del comité de Abastos. Extremos no probados. –Los hechos están probados a los folios sumariales y son constitutivos de un delito de auxilio a la rebelión previsto  y pena en el artículo 250 del C. de J.M. en relación con la norma 7ª del grupo 6º.

-SEGUNDO: del expresado delito es responsable en concepto de autor el procesado, Miguel Espejo Lobato;

-TERCERO: No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad.

-QUINTO: procede imponerle al procesado de 12 años y un día, procediendo su conmutación por la de 6 meses y un día de prisión correccional.

-SESTO: no hay responsabilidad que exigir.

-SEPTIMO: procede el abono total de la prisión preventiva.

-OCTAVO: todo conforme con los artículos invocados, bandos de guerra y demás preceptos y disposiciones de general aplicación de ambos códigos de justicia militar ordinarios.
Granada a 5 de junio de 1943.


El fiscal jefe Francisco Morales, -rubricados. –DECRETO auditor folio 57. E. Señor. Vista la presente causa 3.588 seguida contra Miguel Espejo Lobato, natural de Algarinejo y vecino de Huétor Tájar de 41 años de profesión el campo, casado, hijo de Juan y de Inocencia, aparece que Miguel Espejo Lobato afiliado a la U.G.T. fue interventor del Frente Popular en las elecciones de 1936, no consta que cometiera desmanes durante el dominio rojo, huyó a la liberación de su pueblo a zona roja y prestó servicios en el ejercito marxista. –Se le señala en un informe por rumor público que fue concejal del Ayuntamiento o miembro del comité de Abastos. –el ministerio fiscal ha solicitado en su exhorto de conclusiones provisionales se imponga al procesado la pena de 12 años y un día y asesorías correspondientes, proponiendo la conmutación de dicha pena por la de 6 meses y un día a cuya petición se ha manifestado conforme el procesado y su defensor en la diligencia de lectura de cargos. –los hechos relatados son constitutivos de un delito de auxilio a la rebelión, previsto y sancionado en el artículo 240 del C. J.M. del que aparece responsable en concepto de autor el procesado Miguel Espejo Lobato. –Los mismos hechos están comprendidos en la norma 7ª del grupo 6º del anexo a  la O.C. de 25 enero de 1940 por lo que procede aprobar la conmutación propuesta. –La imposición de toda pena principal ha de llevar consigo las de las asesorías que la ley señala y que por precepto del artículo 219 del código castrense, el responsable criminalmente de un delito lo es también civilmente, responsabilidades estas exigibles con arreglo a lo dispuesto en la ley de 9 febrero de 1949. – es de aplicación a este caso el artículo 550 del c. J.M. en virtud de lo preceptuado en la ley de 6 de diciembre de 1941 y orden para su aplicación de 30 de dicho mes y año. –procede aprobar la petición fiscal y por tanto imponer a Miguel Espejo Lobato la pena de 12 años y un día con las asesorías legales como autor de un delito ya definido de auxilio a la rebelión, conmutándole dicha pena por la de 6 meses y un día por la aplicación de las normas citadas y responsabilidades civiles a determinar por el tribunal de responsabilidades políticas competentes, a cuyo efecto se le remitirá el oportuno testimonio siéndole de abono para el cumplimiento de la condena, el total de la prisión preventiva sufrida. –Si V.E. acuerda de conformidad este fallo se aplicará como sesión firme y ejecutoria, debiendo volver la causa a su instrucción para notificación y ejecución el que deducirá los oportunos testimonios en cumplimiento del número 12 del artículo 28 del C. J.M. cuando el sentenciado en prisión atenuada en tanto se tramite el expediente de libertad condicional. -Granada a 14 de Julio de 1943."

fotos antiguas Huétor Tájar, guerra civil, publicada por Ideal
"Ideal:
Miercoles 23 septiembre 1936
HUÉTOR TÁJAR RECIBIMIENTO ENTUSIASTA AL ESCUADRÓN DE CABALLERÍA
El escuadrón de caballería enviado de Granada para operar en terrenos próximos a esta, fue recibido en Venta Nueva por todas las fuerzas de la Guardia Civil destacadas en esta villa, al mando del comandante militar de la plaza, don Manuel Martínez y Martínez; las escuadras de falange y de “españoles patriotas”, las sección de “balillas” perfectamente organizada, el alcalde, don José Tirado Cortés; el juez, don Antonio Rodríguez Bustos, el párroco don José Montes Vera, y a continuación todo el pueblo en general con la banda de música que dirige don José Moreno Lopera.
Antes de entrar en el pueblo efectuó algunos simulacros de combate en el cerro de las Cuevas, que fueron aplaudidos por estos vecinos.
El entusiasmo se desbordó a la entrada del escuadrón en el pueblo, siendo saludadas las tropas, con el brazo en alto y oyéndose infinidad de ¡Vivas a España y al Ejercito!
Después hubo desfile de todas las fuerzas por las calles de la población que lucían preciosas colgaduras, viéndose en todos los balcones y ventanas a encantadoras y bellísimas jóvenes que no cesaban de dar vivas, completando y dando realce al momento y aumentando el entusiasmo de los soldados que dieron muchos vivas a las bellas mujeres de este pueblo.
Por la noche pernoctaron en este pueblo, donde fueron atendidos espléndidamente por las autoridades locales y después hubo concierto en su honor, ejecutando la banda de música sus más escogidas composiciones.
De madrugada formó la fuerza en la plaza de la Iglesia y seguidamente marchó del pueblo, acompañándoles una escuadra de caballería de falange de esta localidad y algunos “españoles patriotas”, siendo despedidos con grandes aplausos por las autoridades y la mayor parte de los vecinos del pueblo, que a pesar de la hora se levantaron al oír el toque de diana.
Firma C."

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